Transferencia de vehículo

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Cannonball
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Cannonball »

Muchas gracias a todos.

LLamaré a tráfico a ver qué me cuentan. La idea de preguntar era tambioén por ver consejos con la gente.

LO de transferir sin itv era algo que sabía se puede desde hace unos años.

LO que me queda la duda es si luego lo puedo dar de baja temporal. Se supone que si está en garage o vía públicadebe estar con todo en vigor. Yo por mi parte tengo un trastero donde entra y ahí no debería haber problemas en tenerla.
Elmalem
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Elmalem »

Un coche o, en tu caso Cannonball, una moto son bienes y como cualquier otro bien se puede comprar y vender libremente. Otra cosa es que puedas circular con ella. Puedes comprarte un camión oxidado de 1930 que estaba abandonado en un pajar de Asturias :75: si el dueño te lo vende y ponerlo de adorno en tu jardín. Si lo quisieras poner en la carretera tendrías que hacer papeles en tráfico. Yo creo que si se da de baja la moto, la compras y luego la vuelves a dar de alta no deberías tener problemas. Lo mejor como dices es que consultes a Tráfico. También puedes acercarte a una ITV y preguntar.
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simpsons2
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por simpsons2 »

Lo puedes dar de baja temporal y después volvelo a dar de alta.
Juancu
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Juancu »

Si no es indiscreción. ¿Para que quieres darla de baja temporal?
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Cannonball
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Cannonball »

Juancu escribió: Dom 01 Ago 2021 17:50 Si no es indiscreción. ¿Para que quieres darla de baja temporal?
Hola.

Aunque esté en un garaje si no es privado 100% la moto debe estar legal, si no tráfico puede cruzar bases de datos y mandarte la multa por no asegurarla ni tener itv, aunque entiendo que puedo alegar que la guardo en un trastero.
superturbo
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por superturbo »

Hola Cannonball, leyendo respuestas o la Ley ha cambiado y no me he enterado o alguna respuesta es errónea.
He comprado-transferido vehículos sin ITV (el último un vehículo unos 20 años sin pasar ITV, hace unos 2 años), y no piden en Tráfico la ITV.

En su caso haría la transferencia a su nombre, aunque no tenga ITV ni seguro no debe haber ningún problema. Y si piensa sacarse el carnet de conducir necesario no la daría de baja temporal, sería pagar algún impuesto municipal sin usarla , y nada más, con suerte no pagar ninguno, si se obtiene pronto el carnet.

Una vez ya con el carnet de conducir en sus manos , lo primero sería asegurar la moto, y ya con seguro pasar la ITV, requisito que piden en las estaciones de ITV para poder pasar la inspección.

Suerte....
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Gustavo Montoya 46
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Gustavo Montoya 46 »

Si eres el comprador de un vehículo usado tienes un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato para realizar el cambio de titularidad del mismo. Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor.

Para que un vehículo pueda ser transferido debe estar en situación de alta administrativa y cumplir el resto de requisitos previos indicados a continuación.
El contrato de compraventa del vehículo debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor. Es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en que se entrega el vehículo.
Antes de realizar el cambio de titularidad, debes justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. En casi todas las Comunidades Autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.

Requisitos previos para poder realizar la transferencia de un vehículo:

- Estar en situación de alta administrativa. Si el vehículo estuviera en situación de baja temporal, el titular del vehículo (vendedor) debe dar de alta el vehículo antes de realizar la transferencia.
- Con el Impuesto de Circulación del año anterior abonado.
- Con las posibles sanciones impuestas por infracciones del vehículo abonadas.
- Libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio) que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera o subrogación por parte del comprador.
- Libre de embargos y precintos o documento firmado por el comprador en el que confirma que es conocedor de la situación de embargo o precinto del vehículo.
- ITV en vigor.

Puedes realizar dicha comprobación fácilmente solicitando el informe reducido del vehículo en la dirección General de Tráfico.

Si está todo correcto y se puede realizar la transferencia, en el informe aparecerá una señal verde.
En caso de que el vehículo no pueda ser trasferido por alguna razón, aparecerá una señal roja.
Para saber cuál es la razón que impide la transferencia, puedes solicitar, previo pago de una tasa 4.1, el informe detallado del vehículo, este informe además te proporcionará datos acerca de la vigencia de la inspección técnica u otros datos técnicos, incluso las reparaciones y modificaciones que se han llevado a cabo.

Medios posibles para su solicitud:

1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060.

2. Por internet, realizando la solicitud de la transferencia en el registro de la DGT, a través del icono "Cambio de titularidad - Presentación general". El trámite debe realizarlo el comprador o su representante.

Qué necesitas si lo haces a través de Internet:
Tu certificado digital, DNI electrónico o tus credenciales de cl@ve para acceder al servicio.

Y si lo haces de manera presencial:
Solicitud en impreso oficial de cambio de titularidad relleno y firmado tanto por el comprador como por el vendedor, que se facilita también en las Jefaturas de Tráfico.
Documento que acredite la transmisión del vehículo: Factura o contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
Identificación del comprador (no es necesario si realizas la tramitación a través de internet):
Personas físicas: documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.
Justificante de pago con los datos de la tasa adquirida previamente o una tarjeta de crédito para realizar el pago en nuestras oficinas
Documento para identificar al vendedor. Bastará la fotocopia del DNI o alguno de los documentos consignados anteriormente.
Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura.

Creo que no me dejo nada! y que con esto quedarán despejadas la mayoría de las dudas y posibles especulaciones.
Un saludo.


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Gustavo Montoya 46
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Gustavo Montoya 46 »

Es un poco largo pero merece la pena tenerlo claro ya que con la burocracia ya se sabe….. te falta esto te falta lo otro….etc.


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superturbo
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por superturbo »

Entonces ahora piden la ITV en vigor para hacer una transferencia?

Si alguien que quiere vender un vehículo siniestrado, o con avería, y que haya caducado la ITV por estar sin reparar, es imposible venderlo? Pues sí que está cambiando el tema, pero a peor. Muchos chatarreros tenemos vehículos que no podremos venderlos nunca, quedarán para hacer vigas.

Si es verdad Tráfico se va a quedar sin hacer caja de esos vehículos que no se pueden transferir. Nos quedaremos con la frase de Fernando Fernán Gómez. :102: :102: :102:

Edito: Leyendo la página de la DGT sí se puede transferir sin ITV, leo que no dan el permiso de circulación si ésta no está en vigor (hasta hace poco daban el permiso de circulación, estuviese o no pasada la ITV).

He vendido vehículos dados de baja temporal, se ha transferido sin problemas, el nuevo propietario sigue con el vehículo de baja temporal, él ya la pasará cuando lo vea oportuno.

He vendido vehículos con multas, por no haber pagado el impuesto municipal, será que después de tantos años han prescrito.
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Gustavo Montoya 46 »

Pues entérate bien porque ahora si tienes un vehículo sin pagar seguro y sin pasar ITV durante mas de 10 años la DGT te lo da de baja definitiva.
Busca el vídeo de YouTube de Desterrado donde haba del tema.
Es un militar que ha sido Guardia Civil de tráfico que salió mal del cuerpo y todo su canal trata de las injusticias de la DGT
Muy interesante!!!!
Pero vamos que se lo he preguntado a mi gestor y me lo ha confirmado al 100%
Mucho cuidado con el Pere Navarro este de tráfico maldito ladrón recaudador!!!!


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Juancu
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Juancu »

Gustavo Montoya 46 escribió: Mar 03 Ago 2021 12:06 Pues entérate bien porque ahora si tienes un vehículo sin pagar seguro y sin pasar ITV durante mas de 10 años la DGT te lo da de baja definitiva.
Cierto, aunque injusto ( o injustísimo, desde mi punto de vista)

Y si pides una baja temporal hay que renovarla y pagar la tasa anualmente.

Hace tiempo que se están cebando en exceso con los coches, y la que se nos viene encima a los que tenemos coches "clásicos" y no cascajos.
Asco de país
Última edición por Juancu el Mar 03 Ago 2021 18:11, editado 1 vez en total.
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Juancu »

Cannonball escribió: Lun 02 Ago 2021 14:19

Aunque esté en un garaje si no es privado 100% la moto debe estar legal, si no tráfico puede cruzar bases de datos y mandarte la multa por no asegurarla ni tener itv, aunque entiendo que puedo alegar que la guardo en un trastero.
Aunque legalmente tienes razón, veo lagunas a esa ley.

Tráfico, efectivamente podría cruzar datos (cosa improbable), vería que esta sin seguro y sin itv, pero no tiene ni idea donde se guarda, puede estar en casa de "Tu tio, el de Alcalá" que tiene una parcela inmensa y un garaje privado.

No se de nadie al que hallan multado por tener un vehículo en un garaje sin seguro, (puedes tener problemas si en ese garaje ocurre un siniestro) si conozco al menos a dos que les han multado "los municipales" por estar aparcados en vía pública sin seguro, aunque realmente el problema es que había un error, "bailaron" dos números o dos letras a la hora de hacer la póliza,

Hombre, no se el tiempo que te llevará sacarte el carnet, no creo que mucho.
Si fuese mi caso, la transferíría, la metería en el garaje o en el trastero y listo. Ya tendrás tiempo de sacar el seguro y pasar itv.
Aunque "la ley" dice que no puede haber vehículo en la vía pública o garaje comunitario sin seguro
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Gustavo Montoya 46 »

Efectivamente no lo sabe, por eso no va a ir a tu casa a por el, porque no sabe dónde está, entonces se cura en salud y lo da de baja definitiva!!!
Pero tranquilo que hay muchas asociaciones y grupos denunciando y al final habrá alguna solución intermedia.
Y sobre los clásicos Dios nos pille confesados! de cómo se va a poner el tema.
Te pongo el vídeo de YouTube



Este es uno de los diez o doce artículos que he leído


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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Gustavo Montoya 46 »

Interesante canal en defensa de los conductores Guardia Civil de tráfico retirado!!! Por no estar de acuerdo con el funcionamiento de Tráfico!


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superturbo
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por superturbo »

La Directiva del Club Seat 124 nos mandó a los socios un e-mail donde explican lo de los 10 años sin ITV y/o (o "y") seguro, incluso alguien con estudios no entiende muy bien la nueva Ley.
Recuerdo que se comentaba que en ciertos casos en lugar de darlo de baja definitiva te lo dan de alta, para por lo menos un año tengas que pagar el Impuesto Municipal (y seguro que alguna tasa), y si algún propietario quiere seguir con sus vehículos de baja temporal (precisamente el motivo de darlo de baja temporal será para no pagar el "numerito" anual, por lo menos esa es la razón por la que doy de baja temporal algunos de mis zarrios) debe informarlo anualmente, un quilombo.

Habrá alguna Ley que desgalice esa nueva Ley por ser ilegal? La libre circulación y libre posesión de cierto vehículo quedará como un capítulo más en asignatura de Historia? Quieren que todos seamos Vicente, dónde va la gente? donde va Vicente...pero muchos que están leyendo este post no nos consideramos Vicente.

Cannonball, lo más rápido es echar mano de una gestoría, se paga un poquitico más que si lo hace uno mismo, pero las pérdidas de tiempo y vueltas para aquí y para allá que uno se ahorra no tienen precio. Hace años si no trabajaba yo mismo hacía las transferencias, Impreso 620, General Martínez Campos, luego Tráfico....ahora ya me pilla mayor, o más comodón.
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Cannonball »

Gracias compañeros.

Pues el carnet de ,oto me está costando porque me pilló en medio de la pandemia y cerraron tráfico y autoescuelas, luego las autoescuelas había que comprarse el material de protección que he ido comprando muy lentamente porque hay cosas que revenderé y he ido pillando lo más barato, aparte temas personales como una operación que no podía usar moto.
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Re: Transferencia de vehículo

Mensaje por Cannonball »

superturbo escribió: Mié 04 Ago 2021 11:14

Cannonball, lo más rápido es echar mano de una gestoría, se paga un poquitico más que si lo hace uno mismo, pero las pérdidas de tiempo y vueltas para aquí y para allá que uno se ahorra no tienen precio. Hace años si no trabajaba yo mismo hacía las transferencias, Impreso 620, General Martínez Campos, luego Tráfico....ahora ya me pilla mayor, o más comodón.
Me sale mejor coger un día de vacaciones y hacerlo yo en tráfico, La gestoría me cobra más que lo que genero en un día de empleo, para eso al menos me queda la tarde libre.
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