Buenas otra vez...
Perdonad que insista pero es que creo que me estoy volviendo tarumba. Todos estáis de acuerdo pero es que yo sigo entendiendo lo contrario :(
Artículo 1. Definiciones.-A los efectos previstos en el presente Real Decreto, se entiende por:
...
6. Reforma de importancia individualizada.-Es toda modificación o sustitución efectuada en un
vehículo, previa o no a su matriculación, y que, no estando incluida en su homologación de tipo,
o bien cambia alguna de las características indicadas en la tarjeta ITV del mismo, o es
susceptible de alterar las características fundamentales y/o las condiciones de seguridad
reglamentariamente definidas.
Yo entiendo que según el documento, se entiende como reforma de importancia individualizada toda aquella que se lleve a cabo que no está incluida en su homologación.
Artículo 2. Tipificación de las reformas.-Como reformas de importancia se considerarán las
operaciones siguientes, efectuadas antes o después de la matriculación del vehículo:
...
12. La sustitución de los neumáticos, incluidos en la homologación tipo del vehículo, por otros
que cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
Indice de capacidad de carga igual o superior.
Indice de categoría de velocidad igual o superior.
Igual diámetro exterior, con las tolerancias definidas en los Reglamentos de homologación de
neumáticos anexos al Acuerdo de Ginebra.
Es decir, se entiende por reforma de importancia la sustitución de neumáticos de los especificados en la homologación de tipo (es decir en la ficha técnica del vehículo) por otros equivalentes.
Artículo 3. Generalidades.-1. Las reformas de importancia podrán ser tramitadas por
particulares, o por los fabricantes o talleres, bien sea antes o después de la matriculación.
2. Las reformas de importancia podrán realizarse por el fabricante del vehículo o por talleres
legalmente autorizados en la especialidad correspondiente, que dispongan de los medios
adecuados para el tipo de reforma solicitada.
Vamos que te puedes cambiar tú los neumñaticos si quieres.
Artículo 4. Tramitación, documentación y requisitos generales.
A) Reformas de importancia individualizadas.
1. Las reformas de importancia individualizadas, según su caso, podrán requerir todos o alguno de los siguientes requisitos:
1.1 Proyecto técnico detallado de la reforma a efectuar, y certificación de obra en el que se
indique que la misma se ha realizado según lo establecido en dicho proyecto, suscritos ambos
por técnico titulado competente. En la certificación de obra se hará constar de forma expresa el
taller y la fecha en la que se efectuó la misma.
1.2 Informe de conformidad de la Empresa fabricante del vehículo o, alternativamente, dictamen de un laboratorio de automóviles acreditado, en el que se indique que la reforma no disminuye las condiciones de seguridad del vehículo.
1.3 Certificación del taller en el que se efectuó la reforma de la correcta realización de la misma,
según la correspondiente norma, si la hubiere, indicando el lugar y fecha donde se efectuó.
Vamos que para ponerte unos neumáticos equivalentes necesitas la autorización (homologación parcial) del fabricante... o en su defecto ir a algún "laboratorio"
autorizado en el que certifiquen que no hay peligro.
3. Los informes de conformidad a que hace referencia el punto 1.2 anterior serán únicamente extendidos por personas expresamente autorizadas por las Empresas fabricantes para este cometido, según el modelo que figura en el anexo II.
4. Para cada tipo de reforma de importancia individualizada, la documentación que habrá de presentarse ante los órganos de la Administración competentes en materia de industria, la tramitación y los requisitos específicos exigibles, serán los indicados en el anexo I.
5. En el caso de que la reforma que se pretende efectuar esté cubierta por una homologación, se acompañará a la documentación un certificado de homologación que ampare esa opción. En tal caso, se podrá hacer la reforma sin aportar el estudio técnico y se inspeccionará el vehículo de acuerdo con lo señalado en el artículo 5.º de esta disposición.
El fabricante te da la homologación para esos neumáticos que quieres llevar y a la hora de la inspección (ITV) hay que llevarse ese documento porque te lo deberían pedir.
El estudio técnico se refiere al punto 1.1 del mismo apartado. En el caso de los neumáticos no es necesario dicho estudio pues el fabricante te homologa los neumáticos para el vehículo. Si le quieres poner ruedas de tractor, tienes que hacerle un estudio técnico demostrando que no son un peligro.
Artículo 5. Inspecciones técnicas.-1. El titular de un vehículo que haya sufrido una reforma de
importancia está obligado a presentar el mismo a inspección técnica, en el plazo máximo de una
semana después de la realización de la misma, aportando el certificado del taller que efectuó la
reforma o el certificado de ejecución de obra, según se exija para cada caso en la tabla del
anexo I.
2. El órgano de la Administración competente en materia de industria efectuará la inspección
técnica del vehículo reformado, al objeto de comprobar la correcta ejecución de la reforma
mediante el cumplimiento de los requisitos reglamentarios y si el vehículo cumple las
condiciones exigidas para circular por las vías públicas.
3. Si el resultado de la inspección prevista fuera favorable, el órgano de la Administración
competente en materia de industria diligenciará la tarjeta ITV o, en su caso, expedirá una nueva,
informando a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
4. La Jefatura Provincial de Tráfico efectuará las anotaciones correspondientes, y expedirá, en
su caso, nuevo permiso de circulación.
Una vez cambiados los neumáticos... enuna semana tienes que pasar la ITV. Si la aceptan, te incluyen la homologación parcial de los neumáticos en la ficha técnica y ya estás legalizado para llevar las ruedas
Efectivamente está muy claro. Hay que homologar los neumáticos (si no lo están ya... es decir, aparecen en tu ficha técnica) incluyendo los equivalentes. Es más... no se pueden sustituir los neumáticos por otros que no sean equivalentes amenos que presentes un estudio aceptado de que los que quieres poner son seguros en tu coche.
Saludos