MULTA DE RADAR MOVIL??

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Coilet
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MULTA DE RADAR MOVIL??

Mensaje por Coilet »

A ver chicos si me podéis echar una mano, pq tengo al pariente tan líado que ni puede entrar en el foro, y os consulto yo la duda...

Me gustaría saber si esta multa que nos ha llegado hoy y que aquí os pongo tiene posibilidad de recurso ya que no le pararon para notificársela. No entiendo realmente a qué se refiere eso de " motivo de no notificación conocimiento de la infracción a través de medio de captación ". Qué medio de captación???

La multa no ha sido en casco urbano, es una carretera que ni nos habíamos fijado en qué tramo está esa limitación pues no existe una travesía que atraviese una supuesta población.... :?

Asi que a ver, si no nos han mandado la "afoto", de qué va esto??? Juuer cuando no es la DGT son los ayuntamientos, hay que joerse...

GRACIAAAAS de antemano.

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IBAHER
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Mensaje por IBAHER »

Pues eso quiere decir que habeis sido pillados por un RADAR FIJO.
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joseramonjj
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Re: MULTA DE RADAR MOVIL??

Mensaje por joseramonjj »

Coilet escribió:A ver chicos si me podéis echar una mano, pq tengo al pariente tan líado que ni puede entrar en el foro, y os consulto yo la duda...

Me gustaría saber si esta multa que nos ha llegado hoy y que aquí os pongo tiene posibilidad de recurso ya que no le pararon para notificársela. No entiendo realmente a qué se refiere eso de " motivo de no notificación conocimiento de la infracción a través de medio de captación ". Qué medio de captación???

La multa no ha sido en casco urbano, es una carretera que ni nos habíamos fijado en qué tramo está esa limitación pues no existe una travesía que atraviese una supuesta población.... :?

Asi que a ver, si no nos han mandado la "afoto", de qué va esto??? Juuer cuando no es la DGT son los ayuntamientos, hay que joerse...

GRACIAAAAS de antemano.

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Últimamente esta el foro de foto en foto si no hay dinero pues ala la mejor forma de robarlo con guante blanco que asco que tengamos que pagar a los que dicen no podemos conducir por ti por que estamos que no llegamos a fin de mes....
Demuestra una verdad y siempre te rieras,de los demás...
La mejor venganza es saber que lo has derrotado con su propia medicina luego las cosas te las piden por favor..
La persona que no comete nunca una tontería nunca hará nada interesante.

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Mensaje por Adenauer »

No tienen obligación de parar e identificar al conductor.

Para que os manden la foto hay que solicitarla.


Si no se identifica al conductor, se da por sentado que es el propietario del coche, a no ser que se alege que es otro.

Tenéis la mayoría de los boletos para pagarla, salvo que la foto saliesen más vehículos o que este retocada.
ImagenImagenImagenImagen




El estilo no se aprende, se nace con él. Anónimo.
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Coilet
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Mensaje por Coilet »

joseramonjj escribió:Últimamente esta el foro de foto en foto si no hay dinero pues ala la mejor forma de robarlo con guante blanco que asco que tengamos que pagar a los que dicen no podemos conducir por ti por que estamos que no llegamos a fin de mes....


:evil: :evil: Pues sí, qué razón tienes !!

IBAHER escribió:Pues eso quiere decir que habeis sido pillados por un RADAR FIJO.
Ahhh, claro entonces como decís no están obligados a pararle, yo creía que era multa por un radar móvil al no venir la afoto correspondiente.... y poner lo de agente nº "X" :roll: (y por qué c*ñ* no la mandan??)

Entonces le echo la bronca :wife: por cenutrio por no haber visto el cartel que anuncia el rádar fijo... :hammer:

Graciaaas.
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Bandit
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Mensaje por Bandit »

Vaya jugarreta, si es que no nos podemos despistar ni un momento. Lo siento mucho por el disgusto.........
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Socio nº2 co-fundador club FUCK THE FUEL ECONOMY!!!!!!! me copiaron la idea antes.....
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Mensaje por davilin »

recurre que hay que saturarlos y a lo mejor te escapas por algun fallo en la tramitacion. y si no pues al final siempre te queda la opcion de pagar con el descuento :twisted: .
que el recurrir en tiempo y forma no conlleva la perdida del descuento, siempre que la pagues en el plazo de 30 dias a partir que terminen los plazos de reclamacion.

un abrazo y lo siento :(
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Mensaje por sajec777 »

Aunque no aparezca en la copia que nos pones, comprueba y asegúrate de que en la notificación no te requieren para identificar al conductor, y si figura hazlo porque te puedes encontrar con una sanción mas cuantiosa.
¿Recurso?. Hazlo pero ya te adelanto que pocas posibilidades tienes. Pide la fotografía antes de pagar nada. Lo siento.
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Hely
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Mensaje por Hely »

Si solo te han enviado eso, me parece papel mojado.

No aparecen los datos del vehículo, ni la homologación del radar, ni la referencia a los recursos , plazos etc.

Salvo que no nos hayas puesto toda la notificacción eso es una chapuza de denuncia. RECURRE o ignórala si no la has recibido con certificado o acuse de recibo.

Tal y como están las cosas, más en los ayuntamientos derrochones, van a intentar sacarnos el dinero de cualquier modo.

Saludos
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Mensaje por Daimler 124 »

Hola.

Lo primero que hay que hacer SIEMPRE es recurrir.

Cuando un agente nos denuncia, simplemente nos denuncia, es decir, pone en conocimiento de la administración, un comportamiento punible según su criterio, esto no quiere decir que tengamos que pagar nada, solo quiere decir que hemos sido denunciados, no condenados.

Para ser condenados, administración tiene que demostrar sin ninguna duda que nuestro comportamiento, ha sido el que el agente asegura.

Si hemos sido “cazados” por un radar, tendrán que informarnos del numero, modelo y tipo del cinemometro, así como fecha de homologación y centro donde fue realizada, si el radar era de los llamados móviles, capacitación en vigor del agente encargado.

La denuncia en firme no puede presentar tachaduras, lenguaje ininteligible ó presentar términos no claros.

De cada cien denuncias recurridas, casi ochenta no prosperan por defectos de forma.

A ver si vamos empezando a saber defendernos, por que con las administraciones sacándonos el dinero directamente del bolsillo, no nos va a quedar mas remedio.

Saludos Daimler 124
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sajec777
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Mensaje por sajec777 »

Daimler 124 escribió:Hola.

Lo primero que hay que hacer SIEMPRE es recurrir.

Cuando un agente nos denuncia, simplemente nos denuncia, es decir, pone en conocimiento de la administración, un comportamiento punible según su criterio, esto no quiere decir que tengamos que pagar nada, solo quiere decir que hemos sido denunciados, no condenados.

Para ser condenados, administración tiene que demostrar sin ninguna duda que nuestro comportamiento, ha sido el que el agente asegura.

Si hemos sido “cazados” por un radar, tendrán que informarnos del numero, modelo y tipo del cinemometro, así como fecha de homologación y centro donde fue realizada, si el radar era de los llamados móviles, capacitación en vigor del agente encargado.

La denuncia en firme no puede presentar tachaduras, lenguaje ininteligible ó presentar términos no claros.

De cada cien denuncias recurridas, casi ochenta no prosperan por defectos de forma.

A ver si vamos empezando a saber defendernos, por que con las administraciones sacándonos el dinero directamente del bolsillo, no nos va a quedar mas remedio.

Saludos Daimler 124
Comparto absolutamente tu comentario.

El problema es que ese 80% que dices no prosperan por defectos formales, es en vía judicial porque también conocerás que en vía administrativa el 90% de las sanciones resueltas alcanzan firmeza por muchos recursos que contra ellas se formalicen.

Para colmo, la anunciada reforma del procedimiento sancionador, nace "textualmente" con la intención de alcanzar el 100% del cobro de las sanciones impuestas eliminando, entre otros, el recurso de alzada y la posibilidad de suspender la ejecución hasta tanto no se resuelva el único y posible recurso previsto de reposición.

Las garantías procesales de defensa existen tanto en vía administrativa como Judicial, faltaría más, pero en la práctica diaria la administración viola de forma sistemática esas garantías difiriendo al sancionado la vía Judicial como única posibilidad de que le sean reconocidas y acogidas.

La cuestión, entiendo yo, no es que sepamos o aprendamos a defendernos, es QUE NOS PERMITAN DEFENDERNOS.
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Coilet
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Mensaje por Coilet »

La denuncia tiene en su parte trasera unas aclaraciones en cuanto a plazos y tb que si yo no soy el conductor (que no voy a negarlo para que me quiten a mí los puntos y no a él) debo identificar al que haya sido.

Por supuesto he borrado la matrícula y el expediente que salen arriba y he emborronado el nº de Agente (que no sé si refiere a un agente como persona o a un rádar fijo, que esa es mi duda).

Cuando te ponen una de radar fijo por la DGT te viene la foto y toda la parafernalia detrás en un papel de cuando se ha revisado el rádar, su homologación, etc, pero en este caso al ser de un ayuntamiento ni foto ni especifican nada....

De momento yo he pedido la foto a la sección de multas del Ayuntamiento (pq no tengo claro yo si es un fijo o un móvil) para yo presentar los recursos pertinentes ( a ver si luego salen dos en la foto o está mal hecha, etc).

Gracias por vuestra ayuda.
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Mensaje por sajec777 »

Se me han dado casos en que por no identificar (en la creencia que si no se hace se supone que se acepta por parte de quien recibe la notificación de sanción) el cliente se ha encontrado con doble sanción. Mi consejo es que identifiques aunque lo consideres innecesario para evitar futuras posibles sorpresas. En teoría debería ser como tu dices, pero ... casos de esos he visto.
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Mensaje por Coilet »

Gracias sajec777 por tus consejos, pero textualmente pone lo siguiente:

a) Que en el supuesto de que en el momento de la infracción no fuera el conductor del vehículo se le requiere para que en el plazo de quince días a a partir de esta notificación indentifique ante este ayuntamiento al conductor del vehículo responsable de la infración, apercibiéndole de que si incumple esta obligación sin causa justificada será sancionado...



Como supuestamente yo como propietaria iba conduciendo (qué saben ellos si era mi marido) no tengo que especificar nada más, digo yo... En este caso no me interesa decir que el conductor era él, que tiene que salvaguardar sus puntos para su curro...

Gracias
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Mensaje por piloto »

A mi si no me la manda traducida totalmente al Catellano no la pago
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sajec777
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Mensaje por sajec777 »

Coilet escribió:Gracias sajec777 por tus consejos, pero textualmente pone lo siguiente:

a) Que en el supuesto de que en el momento de la infracción no fuera el conductor del vehículo se le requiere para que en el plazo de quince días a a partir de esta notificación indentifique ante este ayuntamiento al conductor del vehículo responsable de la infración, apercibiéndole de que si incumple esta obligación sin causa justificada será sancionado...



Como supuestamente yo como propietaria iba conduciendo (qué saben ellos si era mi marido) no tengo que especificar nada más, digo yo... En este caso no me interesa decir que el conductor era él, que tiene que salvaguardar sus puntos para su curro...

Gracias
Efectivamente, en todas las notificaciones viene esa misma referencia. Lo que digo es que en casos como el tuyo he tenido que recurrir sanciones por no haber identificado. No es que te vaya a pasar, pero no debes descartar una posible sorpresa. No te cuesta nada y te curas en salud. No es mas que un consejo. Suerte
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Mensaje por Automocion »

piloto escribió:A mi si no me la manda traducida totalmente al Catellano no la pago
Eso mismo estaba pensando yo.

¿Como se llama nuestro pais? España. Pues a mi que me la manden en español porque yo, ni se vasco, ni tengo porque saberlo, por lo tanto no se si en vasco han escrito otra cosa diferente a lo que han puesto en castellano.

Recurre la multa!!!

Un saludo y suerte.

Ps.: Que quede claro que no solo vá por el vasco, sino tambien por todos los demas dialectos que hay en españa, los cuales como español, no tengo porque saber ni hablarlos, ni escribirlos y por cierto, respeto plenamente a los que sí saben hablarlos y escribirlos.
Un saludo, Carlos :1:
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