Precios en Concesionario Multimarca

Haz LOGIN en Identificarme y accederás a más de 90 subforos y multitud de funciones

Moderadores: Ramiro, ManuelBC, mycroft, Raúl Pérez, santigag, Lcarra, Randalf44, Karlss

Responder
rosillo
Forero
Forero
Mensajes: 72
Registrado: Lun 29 Mar 2004 14:07
Coche:: vehículo
Ubicación: Sevlla

Precios en Concesionario Multimarca

Mensaje por rosillo »

BUeno os voy a contar lo que me está con la compra de mi nuevo vehiculo :

He ido al concesionario Mercedes a preguntar por un Clase C 180k con AVangart. y me lo dejan a 33155 euros.

Casualmente he pasado por un concesionario Multimarca que me lo deja en 31000 euros.

Me ha estrañado mucho la diferencia y he presuntado en Mercedes a que se debe y me han comentado que al parecer este concesionario Multimarca tambien se lo compra a ellos pero lo sacan como vehículo para rentacar con lo cual se ahorran de pagar el impuesto del 12%, osea que no se trata de importacion paralela, ni de kilometro 0, si no que lo compran a su nombre y lugo te hacen el cambio de titular al tuyo y te lo venden como si fuese usado.

Que inconvenientes le veo a esto :
En la ficha técnica del vehículo no aparece uso particular si no uso como vehúculo de alquiler ó algo parecido.

Que tienes que esperar 6 meses para cambiarlo a tu nombre, aunque te lo dán desde el primer día . Esto no se si puede afectar al valor de Seguro ó a las revisiones de la ITV, o yo que sé.

Tampoco sé si pierdes algún tipo de servicio de Mercedes como asistencia en carretera, ó Garantías.

Y desde el punto de vista legal, no se si afecta en algo


En fín el ahorro es de 2155 euros y no se si merece la pena correr el riesgo ó se pierde con la decisión.

Si alguno de vosotros tiene experiencia en este tema ruego me comenteis algo.


Como resumen la diferecia de precio está en no pagar el impuesto del 12% con lo cual no es que ganen más los concesionarios si no que no coge el dinero hacienda.

Un Saludo
Berlina C 200 CDI Avantgarde PLATA BRILLANTE
Avatar de Usuario
mycroft
------
------
Mensajes: 15843
Registrado: Mar 02 Dic 2003 21:04
Coche:: E 220d W213
VIN de tu vehículo: 213004
Ubicación: Madrid

Mensaje por mycroft »

Solo una cosa. Si en los 6 meses en que no eres tú el propietario del vehículo, la casa que te lo ha vendido suspende pagos o quiebra, el coche se convierte en un bien embargable y te quedas sin él.
ImagenImagen
ImagenImagenImagenImagenImagenImagen
rosillo
Forero
Forero
Mensajes: 72
Registrado: Lun 29 Mar 2004 14:07
Coche:: vehículo
Ubicación: Sevlla

Mensaje por rosillo »

En principio creo que no, ya que al tener un contrato privado de compra venta entre las partes, demostrarias que es tuyo aunque no estubiese registrado a tu nombre. Es como cuando compras una casa y no registras la escritura en el registro. Es tuya pero registralmente esta a nombre del anterior propietario.

De todas formas no estoy seguro.

Un Saludo
Berlina C 200 CDI Avantgarde PLATA BRILLANTE
Avatar de Usuario
Juselin
---
---
Mensajes: 20745
Registrado: Sab 08 Nov 2003 21:40
Coche:: Probando un botijo de la competencia.
Ubicación: Madrid

Mensaje por Juselin »

rosillo escribió:En principio creo que no, ya que al tener un contrato privado de compra venta entre las partes, demostrarias que es tuyo aunque no estubiese registrado a tu nombre. Es como cuando compras una casa y no registras la escritura en el registro. Es tuya pero registralmente esta a nombre del anterior propietario.

De todas formas no estoy seguro.

Un Saludo
Discrepo de tí. Ante terceros, recuerdo que lo que sirve es lo anotado en un registro público, figurando como tales el registro de bienes muebles, el registro de la propiedad, el registro mercantil, etc. (la publicidad registral)

O sea: primero te embargaría el bien el acreedor del "moroso", y luego demanda al vendedor con el contrato de compraventa que firmaste y el justificante de haberle pagado.

Y me temo que la ITV la tendrás que pasar con mayor asiduidad que si lo compras directamente al fabricante.

Saludos.
ImagenImagenImagenImagen
Jesus Moreno
Forero gran maestro
Forero gran maestro
Mensajes: 10615
Registrado: Lun 13 Oct 2003 10:42
Coche:: vehículo
Ubicación: Madrid

Mensaje por Jesus Moreno »

Esque esa diferencia de dinero,bien puede ser la diferencia con el seguro.
Creo que por el resto de la vida del coche,en la ficha te pondrá lo del alquiler,y eso a la hora de venderlo de segundamano te va a costar y mucho.
Por otra parte parte está lo de la "quita" del coche,andate con ojo.
Un saludo
YA ESTÁ AQUI!!:

www.clubmbfaq.es
socio nº4.
Fran GT
Forero
Forero
Mensajes: 85
Registrado: Lun 02 Feb 2004 15:37

Mensaje por Fran GT »

creo ke juselin tiene razon,lo primero ke vale es lo del registro y luego ya reclamaras si kieres.
rainman
Forero
Forero
Mensajes: 71
Registrado: Mar 30 Dic 2003 11:22
Ubicación: Madrid

Mensaje por rainman »

Mi ZX lo compré en la Citroen con 7 meses y como el tuyo, viene de National Atesa (alquiler), lo cual implica pasar la primera ITV a los 2 años y luego el resto normal.
Pero en el cartón siempre queda que el coche una vez fue de alquiler.
Un saludo, mu negro mu negro.
rosillo
Forero
Forero
Mensajes: 72
Registrado: Lun 29 Mar 2004 14:07
Coche:: vehículo
Ubicación: Sevlla

Mensaje por rosillo »

Tengo claro que al final voy a compralo al Concesionario, lo que te ahorras por un lado lo pierdes por el otro.

Un Saludo
Berlina C 200 CDI Avantgarde PLATA BRILLANTE
Avatar de Usuario
nemmon
Forero avanzado
Forero avanzado
Mensajes: 227
Registrado: Vie 13 Feb 2004 00:36
Ubicación: Zale

Mensaje por nemmon »

Hola. Sobre lo de embargar creo (estoy seguro) que se supone que la información que figura en el registro se considera cierta, salvo prueba en contra. Esto quiere decir que en el caso de que surja un problema de este tipo si justificas la propiedad, aunque no esté registrada, no te la pueden tocar.
Avatar de Usuario
agb1951
Forero avanzado
Forero avanzado
Mensajes: 172
Registrado: Vie 16 Ene 2004 16:37
Ubicación: Barcelona

Mensaje por agb1951 »

Rosillo:
Todo bien que tenga que ser nominativo, si no esta registrado a nombre del comprador/pagador, no es de su propiedad.
Me explico:
si compras un coche, mediando un contrato privado entre el vendedor y comprador, y el bien (o sea el coche) no se registra o se pone oficialmente a nompre del comprador, éste bien "oficialmente" continua siendo de la persona o entidad del cual esta registrado, por lo que en el caso de cualquier incidencia (Por ejplo.embargo), el nuevo comprador se queda sin el bien (coche). Y si queremos ponerlo mas duro, el vendedor podria revenderlo a otro. Claro esta que luego, podrias querellarte contra el vendedor, pero.....¿al final a que precio sale el coche?.
Situaciones de este tipo, sobre todo en los bienes inmuebles, han ocurrido, ocurren y ocurriran. La humanos no escarmentamos, sobre todo los que vamos de buena fe.....y que valoramos la palabra como un contrato firmado.
Andate con ojo. :shock: :shock:
Responder

Volver a “General”