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iva del 4% en minusvalia

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carloscan
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iva del 4% en minusvalia

Mensaje por carloscan »

Hola, alguno ha utilizado este beneficio ademas del imp de matriculación es que segun una revista de coches de este mes no hace falta movilidad reducida, sino solo minusvalia>33% espero vuestras respuestas
Literato
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Mensaje por Literato »

hola, yo no lo he utilizado pero es así, minusvalía mayor del 33 por ciento da lugar al beneficio
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Grunfink7
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Mensaje por Grunfink7 »

Yo lo he comprado así, no te cobran el el impuesto de matriculación (7 ó 12%) dependiendo del motor que elijas
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PAPACROPOULUS
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Mensaje por PAPACROPOULUS »

Bueno yo lo se por mi padre, le dio un infarto, esta jubilado, y se saco un tanto de minusvalia y no paga sello del coche y tiene dos coches, del segundo si paga, que vamos seria la leche que tampoco pagara del otro.

Ademas, al comprar el coche se ahorro una pasta 400000 pelas y me parece que tiene un 33% de minusvalia, no paga sello y no paga iva al comprarlo..jjeje y encima pidio un aparcamiento en la puerta de su casa, pero no se lo dieron por no tener suficiente minusvalia (el anda bien solo le dio una angina y un infarto hace años ya).
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Armi
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Mensaje por Armi »

Aquí tienes la respuesta.

http://www.accesible.es/supuesto1.htm

Según esto el 4% solo es sobre los aparatos necesarios para adaptar el vehiculo a la minusvalia del conductor, el coche en sí es como para todo el mundo el 16%.

saludos
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carloscan
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Mensaje por carloscan »

ya, pero esto anterior debe de ser anterior a la ley del 26 de abril de este año qu emodifica las condiciones, y lo que quisiera saber es si hace falta la movilidad reducida, o solo el porcentaje mayor del 33%. Evidentemente para el iva, el imp de matriculación ya se que no se paga, en fin a ver si damos entre todos con la respuesta
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Grunfink7
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Mensaje por Grunfink7 »

PAPACROPOULUS escribió:Bueno yo lo se por mi padre, le dio un infarto, esta jubilado, y se saco un tanto de minusvalia y no paga sello del coche y tiene dos coches, del segundo si paga, que vamos seria la leche que tampoco pagara del otro.

Ademas, al comprar el coche se ahorro una pasta 400000 pelas y me parece que tiene un 33% de minusvalia, no paga sello y no paga iva al comprarlo..jjeje y encima pidio un aparcamiento en la puerta de su casa, pero no se lo dieron por no tener suficiente minusvalia (el anda bien solo le dio una angina y un infarto hace años ya).
El IVA (16%) se paga, lo que no se paga es el impuesto de matriculación que depende del tipo de motor (7 ó 12 %) que suele corresponder con más de1.6 en gasolina ó masde 2.0 en diesel. Yo miré varias marcas y no me encajaban (Alfa GT 1.9 diesel, Audi 1.9 diesel) ya que con ellas este impuesto es del 7% y el ahorro es menor.
Aun es más te lo ahorras en todo incluidos los extras, por ejemplo el techo panóramico que tiene un PVP aprox de 1850€ y lo añadí mas tarde, a mi me salido en (1850€ (PVP) - 16% (IVA) - 12 % (Matricaluación)) + 16 %(IVA) = 1590 € aprox.
Esta cuenta la puedes hacer con el total del coche para saber lo que te ahorras, por ejemplo sobre un PVP de 30.000€
30000-16%-12%= 22.176 € (Precio del coche sin impuestos), por minusvalía exento de impuesto de matriculación, pero el IVA lo tienes que pagar: 22176 + 16 % = 25.724,16 €. Ahorro: 4.275,84 €
Es aproximado ya que no tengo claro si hay que restar antes el iva o el de matriculación, y por tanto la cuenta cambia algo al operar con porcentajes.

Si oí una vez que era posible que además de ésto rebajarán el IVA por minusvalía de 16% a 7% pero creo que son habladurías, aún con todo el ahorro es considerable.

Se puede comprar amparandote a esta ayuda 1 coche cada 4 años, y no es acumulable con otras, plan renove por ejemplo. Pero entre un ahorro de 4.200 € y uno de 480€ (renove), la cosa está bastante clara :lol:
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Armi
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Mensaje por Armi »

carloscan escribió:ya, pero esto anterior debe de ser anterior a la ley del 26 de abril de este año qu emodifica las condiciones, y lo que quisiera saber es si hace falta la movilidad reducida, o solo el porcentaje mayor del 33%. Evidentemente para el iva, el imp de matriculación ya se que no se paga, en fin a ver si damos entre todos con la respuesta
Llevas razon, la ley se ha modificado el 26 de abril de 2006, y segun dice. el IVA reducido del 4%, solo es para movilidad reducida, a continuacion pongo el BOE de la publicacion.

Saludos
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manuaimar
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Mensaje por manuaimar »

carloscan, tienes razón. Con la nueva ley 6/2006 las personas con una minusvalía igual o superior al 33% pagan únicamente el 4% de iva (iva superreducido). Yo no tenía claro si era necesaria la movilidad reducida pero según la revista autofácil de este mes y tras ponerse en contacto con la agencia tributaria, parece que no es necesario y que sólo con tener la minusvalía puedes acceder a este beneficio.
carloscan
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Mensaje por carloscan »

ya, pero es que hay una confusion de la leche, y llamas a la agencia tributaria y te dicen es necesario movilidad reducida, llamas otra vez y te dicen minusvalia superior al 33 es una chapuza impresionante a ver en que queda todo gracias
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Petro
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Mensaje por Petro »

Pero ojo, porque los concesionarios te quitan sus ofertas a cambio de esa reducción.
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Mensaje por Kalessin »

Mantuvimos en forocoches una discusión sobre esto.

Si queréis ver el post es éste: http://www.forocoches.com/foro/showthre ... nusval%EDa
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Armi
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Mensaje por Armi »

Segun el archivo que os he puesto, que es la publicacion del BOE de la modificacion de la ley, lo dice bien claro, para el IVA reducido, la minusvalia tiene que ser con movilidad reducida.

Saludos
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manuaimar
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Mensaje por manuaimar »

Ya Armi, pero según he comentado antes, en la revista se pusieron en contacto con la agencia tributaria y no hace falta la movilidad reducida, ya que eso se debió a un error en la interpretación de la exposición de motivos de la ley. A ver como queda todo. Un saludo y MB's para todos.
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Mensaje por Armi »

manuaimar escribió:Ya Armi, pero según he comentado antes, en la revista se pusieron en contacto con la agencia tributaria y no hace falta la movilidad reducida, ya que eso se debió a un error en la interpretación de la exposición de motivos de la ley. A ver como queda todo. Un saludo y MB's para todos.
Pues lo tendré que mirar, porque yo tengo la exención del impuesto de circulación, pero las facturas de reparaciones estoy pagando el 16% de IVA.

Saludos
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Adenauer
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Mensaje por Adenauer »

La comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Despistados aprobó el pasado 15 de febrero una proposición de ley de Convergencia i Unió que establece la aplicación del IVA de tipo superreducido (4%) en la compra de cualquier clase de vehiculo a motor, adaptado o no, que se vaya a utilizar para el transporte habitual de usuarios de silla de ruedas o de personas con movilidad reducida, sea o no la persona con discapacidad la que conduzca el vehiculo.

Está claro que es solamente para la compra del vehiculo.

Este reglamento define a las personas con movilidad reducida a las que superan el 33% de minusvalía.

Así pues esta reducción se suma al Impuesto de Matriculación (cada cuatro años se puede solicitar excepto en caso de siniestro total documentado que no hay plazo) y al Impuesto de rodaje Municipal, este último para un solo coche.

jejeje, vamos a tener que hacer un censo de foreros minusválidos

Saludos :wink:
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Armi
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Mensaje por Armi »

Adenauer escribió:Está claro que es solamente para la compra del vehiculo.
Segun la modificacion de la ley no es solo por la compra, sino tambien por las reparaciones.
Adenauer escribió:Este reglamento define a las personas con movilidad reducida a las que superan el 33% de minusvalía.
Yo tengo el 33%, pero 0% de movilidad reducida, de ahí viene la duda, de si los que no tenemos movilidad reducida, tambien tenemos derecho a el IVA reducido del 4%, aunque la ley dice que no.

Saludos
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Mensaje por Adenauer »

Yo entiendo que "los servicios de reparación o adaptación" se refiere a las reaparaciones que puedan sufrir las adaptaciones e incluso la propia adaptación.

No va más allá.

En cuanto la definición que da para los beneficiarios para mi es clara, minusvalía mayor del 33%, claro que en la acreditación supongo que tendrá que hacer referencia a la movilidad reducida.

El espíritu de la Ley es el compensar el sobre esfuerzo que suponen las adaptaciones, no otra cosa.

Saludos :wink:
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Mensaje por Grunfink7 »

Ayer estuve en la agencia tributaria y a mi me rebajan el iva del 16 al 4%. se debe tener un grado de minusvalia igual o superior al 33%, en mi caso mi madre tiene un 33 y mi padre un 45 acreditado. La ley lo dice claro "con independencia de quien sea el conductor vehiculos a motor que, previa adaptación o no transporten habitualmente a personas con minusvalia en silla de ruedas o con movilidad reducida"
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Mensaje por Armi »

Grunfink7 escribió:Ayer estuve en la agencia tributaria y a mi me rebajan el iva del 16 al 4%. se debe tener un grado de minusvalia igual o superior al 33%, en mi caso mi madre tiene un 33 y mi padre un 45 acreditado. La ley lo dice claro "con independencia de quien sea el conductor vehiculos a motor que, previa adaptación o no transporten habitualmente a personas con minusvalia en silla de ruedas o con movilidad reducida"
¿Pero tus padres tienen movilidad reducida o no? y la reduccion del IVA te la hicieron ¿sobre el coche o en reparacion?.

saludos
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