Saber nuestros Derechos ante un taller mecanico

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efra
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Saber nuestros Derechos ante un taller mecanico

Mensaje por efra »

Copio y pego porque es interesante.
http://www.injef.com/reclamaciones-repa ... aller.html

Todos somos usuarios de los servicios de reparaciones de automóviles que prestan los talleres mecánicos, pero muy pocos de nosotros conocemos los derechos que la ley nos reconoce y mucho menos las vías de reclamación que están abiertas en caso de no recibir la atención y el resultado previstos.

Información en el taller

El Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, regulador de la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos, establece una normativa básica aplicable a las reparaciones de automóviles particulares. En el apartado b) del artículo 12 de este reglamento se especifican algunos de los derechos de sus clientes, entre los que destacan tres de obligada exhibición en los talleres:

* "Todo usuario o quien actúe en su nombre tiene derecho a presupuesto escrito de las reparaciones o servicios que solicite".
* "El usuario sólo quedará obligado al pago por la elaboración del presupuesto en las condiciones que reglamentariamente se determinen".
* "Todas las reparaciones o instalaciones están garantizadas por tres meses o 2.000 kilómetros (excepto vehículos industriales, en que el plazo será de quince días), en las condiciones especificadas en el artículo 16 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios de los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes".

Listas de precios y resguardo de depósito del automóvil

No olvidemos nunca consultar la tarifa de precios del taller y, de tratarse de un servicio técnico oficial de la marca, los tiempos aproximados de las operaciones realizadas y su valoración en euros.
Si como clientes aceptamos el presupuesto facilitado, el taller mecánico nunca podrá incrementar su coste de forma unilateral. Si durante la reparación surgieran nuevos problemas no detectados anteriormente, el taller no podrá arreglarlos sin nuestra aceptación previa.

Aceptado el presupuesto el taller procederá a la reparación de nuestro automóvil, para lo que será necesario dejar el coche en el taller durante el tiempo que dure la reparación. Por ello, debemos exigir el resguardo de depósito, que es el documento acreditativo de que el vehículo permanece en el taller. En este resguardo debe especificarse la razón social del establecimiento, la identificación del vehículo y el tiempo aproximado de reparación.

Presupuesto previo de la reparación

Debemos exigir al taller mecánico el presupuesto de la reparación por escrito, en el deberán constar al menos la información siguiente:

* Nuestro nombre y domicilio.
* Datos del taller: nombre y número de registro.
* Datos de nuestro coche: marca, modelo, matrícula y kilometraje.
* Detalle de las reparaciones que se vayan a realizar en el coche, con el coste debidamente desglosado (incluido el IVA) por cada pieza o elemento que vayan a ser reparados o sustituidos.
* La fecha de entrada del coche en taller y la de su entrega.
* El plazo de validez del presupuesto.
* Fecha y firma del prestador del servicio.

Lógicamente, el presupuesto no puede realizarse hasta que el vehículo no se revisa por un mecánico del taller.

Podemos no aceptar el presupuesto, claro, pero en ese caso deberemos abonar los gastos de la revisión de nuestro coche que haya permitido localizar una avería y firmar al pie del resguardo de entrega haciendo constar nuestra renuncia a la reparación del vehículo. Por supuesto, el taller deberá devolvernos nuestro coche en el mismo estado en el que se encontraba cuando lo dejamos para su revisión y realización del presupuesto.

Garantía de las reparaciones

Las reparaciones realizadas en los talleres mecánicos tienen en todo caso una garantía de 3 meses o 2.000 km. contados ambos desde la fecha de retirada del vehículo, salvo que se haya pactado una garantía superior, lo cual es siempre posible y debemos intentar superar.

Durante el período de validez de esta garantía tenemos derecho a que el taller mecánico repare las averías que puedan surgir en los componentes anteriormente reparados. La garantía debe entenderse referida tanto a los materiales como a la mano de obra, e incluso a los gastos de desplazamiento al taller del vehículo haciendo uso de servicios de grúa.

Reclamaciones

Nunca debemos olvidar exigir la factura de los trabajos de reparación por escrito, firmada y sellada por el taller mecánico y desglosada por conceptos y operaciones realizadas, piezas utilizadas, horas de trabajo empleadas, así como los impuestos que correspondan (IVA).
Si no estamos conformes con el resultado de la reparación debemos rellenar una hoja de reclamaciones.

Las vías para ejercer las acciones legales que la ley nos reconoce pueden ejercerse a través de dos vías: ante las Juntas Arbitrales de Consumo y ante los tribunales ordinarios. Veamos ambas.

Ante las Juntas Arbitrales de Consumo debemos remitir la hoja de reclamaciones que hemos rellenado por correo certificado a los Servicios de Inspección de Consumo de la Comunidad Autónoma del lugar en el que se encuentre el taller, junto con una copia del presupuesto de reparación y de la factura definitiva, o acudir personalmente a cualquiera de estos organismos para formular la denuncia. Para que la reclamación se tramite ante una Junta Arbitral de consumo se requiere que tanto nosotros como el taller mecánico hayamos acordado aceptar el pronunciamiento que emita la Junta para solucionar el conflicto; de no ser así, sólo nos quedará hábil la vía de formular nuestra reclamación en los tribunales ordinarios.

El sistema arbitral nos garantiza una audiencia para la exposición de los hechos, y finalmente recaerá laudo con la decisión al respecto del tribunal arbitral. Contra este laudo todavía podremos interponer Recurso de Anulación ante la Audiencia Provincial, y Recurso de Revisión, conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes, eso sí, con la asistencia de abogado.

El procedimiento judicial a interponer ante los tribunales ordinarios dependerá del importe de la reclamación: juicio verbal en los casos en los que la cuantía de la reclamación no supere la cantidad de 3.000 Euros, o juicio ordinario en caso contrario.
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190E
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Mensaje por 190E »

Muy interesante, muchas gracias por la información.
UN SALUDO PARA TODOS
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Vector
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Mensaje por Vector »

a mi lo que no me gusta es dejar el coche al mecanico y no poder ver lo que estan haciendo y como lo lo hacen.. eso me pone cardiaco ......
no es por desconfiar.. bueno un poco si porque viendo como esta el patio. .. me gustaría poder ver como hacen las cosas
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