Las normas de circulación limitan bastante los lugares en los que se puede circular con un vehículo...vuncan escribió:¿Me puedes aclarar en que precepto legal se restringe el derecho a ir en coche a donde queramos? Es que te he visto repetir este argumento y tal vez me estoy perdiendo algo. Por favor, doy por hecho de que no me vas a hablar de ir a recintos privados, parques naturales ni de ir en dirección prohibida. También doy por hecho de que no me vas a hablar de zonas peatonales donde NINGÚN tipo de vehículo a motor puede circular.maravillas escribió:Es que aquí confundimos los términos, no se trata de eléctricos ni demás, se trata de quitar fuentes de contaminación de los lugares más sensibles. Y los lugares más sensibles son los centros de las ciudades, ya que su configuración no favorece la regeneración del aire.
Creo que el problema es evidente, para que ahora vengamos con derechos sacados de la chistera, como el de que podemos ir con el coche a donde queramos. Creo que los tiempos dictan un cambio de conducta, y aquel que no lo vea así, se verá superado.
Lo que no existe ni en la constitución, ni en el derecho civil, penal, ni en el código de circulación es el "derecho a ir en coche a donde queramos". Eso sencillamente no es verdad, no existe y no se puede alegar como precepto porque no es cierto. A partir de ahí la movilidad en automóvil queda a expensas de las leyes vigentes, las cuales pueden ser modificadas o enmendadas.
Y digo más, son muchas las limitaciones que ya hay hoy en día para circular, desde homologaciones, seguro obligatorio, ITV, y no hablemos si además estlas matriculado como histórico..
