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IVA Reducido y descuento familia numerosa
Moderadores: Ramiro, ManuelBC, mycroft, Raúl Pérez, santigag, Lcarra, Randalf44, Karlss
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javivi1
- Forero

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- VIN de tu vehículo: 447813
IVA Reducido y descuento familia numerosa
Bueno expongo mi situación personal. Pues soy padre de dos niños y uno de ellos tiene reconocida una discapacidad no física pero si cognitiva que implica que tenga reconocida una movilidad reducida por posibles conductas inadecuadas e imposibilidad de usar solo medios de transporte, además también somos familia numerosa . Para mí ya es difícil hablar del tema pero tras un tiempo y visto que tengo que sufragar de mi bolsillo las terapias que necesita, por supuesto de Centro privados porque en el ámbito público estamos dejados de la mano De Dios( tema que da para hablar mucho pero no viene al caso) he llegado a la conclusión que debo hacer uso de todas las ayudas fiscales que pueda para ayudarle y ahora implica un cambio de vehículo, estoy mirando una clase V por el espacio para los viajes frecuentes que hacemos para sus terapias y la vida cotidiana. Ahora vienen las dudas, el coche por supuesto nos viene muy bien para él pero no puedo permitirme otro vehículo más y con la legislación vigente creo haber leído que se puede autorizar un conductor habitual en tráfico que sería yo, la verdad que en asuntos sociales nos tramitaron la tarjeta de estacionamiento sin pedirlo, yo desconocía ese trámite, y estoy decidido a usarla cuando transporte a mi hijo y vea que no encuentro aparcamiento normal la usaré para llevarlo a su centro educativo. Ya me informado en Hacienda para saber si puede beneficiarse del iva reducido por minusvalia y los trámites a realizar, el vehículo irá a nombre de mi hijo seguramente.
En primer concesionario que acudí me hicieron un presupuesto aplicando un descuento por familia numerosa y el correspondiente impuesto de matriculación y le comenté si podía beneficiarme también del iva 4% pero me dijo que no salía a cuenta, en ese momento no lo pensé pero, acaso no es diferente lo que hace el concesionario al tema del iva que es de Hacienda ?
Me preocupa además que sea solo uso exclusivo para transportar El Niño, pero no puedo tener dos vehículos dependiendo si llevo a mi hijo o no.
Perdonad por lo extenso que me ha valido de desahogo un poco, y saludos y gracias a todos de antemano.
En primer concesionario que acudí me hicieron un presupuesto aplicando un descuento por familia numerosa y el correspondiente impuesto de matriculación y le comenté si podía beneficiarme también del iva 4% pero me dijo que no salía a cuenta, en ese momento no lo pensé pero, acaso no es diferente lo que hace el concesionario al tema del iva que es de Hacienda ?
Me preocupa además que sea solo uso exclusivo para transportar El Niño, pero no puedo tener dos vehículos dependiendo si llevo a mi hijo o no.
Perdonad por lo extenso que me ha valido de desahogo un poco, y saludos y gracias a todos de antemano.
- Cannonball
- Forero gran maestro

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Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Hola.
Te paso este hilo, más no te puedo ayudar, en este caso era al revés,para vender un coche.
http://www.mbfaq.com/viewtopic.php?f=8& ... ilit=amigo
No obstante si el dinero es un problema, por mucho que ahorres con el I.V..A reducido igual te sale mejor un vehículo usado pero de confianza.
Te paso este hilo, más no te puedo ayudar, en este caso era al revés,para vender un coche.
http://www.mbfaq.com/viewtopic.php?f=8& ... ilit=amigo
No obstante si el dinero es un problema, por mucho que ahorres con el I.V..A reducido igual te sale mejor un vehículo usado pero de confianza.
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javivi1
- Forero

- Mensajes: 80
- Registrado: Vie 22 Sep 2017 10:09
- Coche:: CLASE V 220d
- VIN de tu vehículo: 447813
Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Hola Cannonball, ya había encontrado este hilo. Al final sacaré cita en mi delegación y resolveré allí dudas.
Ahora decidir la versión que se adapte mas a nuestras necesidades, pero tengo claro que será un clase V.
Saludos.
Ahora decidir la versión que se adapte mas a nuestras necesidades, pero tengo claro que será un clase V.
Saludos.
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F650SS
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- Registrado: Dom 08 Feb 2009 15:55
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Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Te respondo a lo que se, ya que yo también tengo tarjeta de discapacitado. Si vas con tu hijo, ni pierdas el tiempo en buscar sitio, tienes derecho y punto, haz uso de el, y al que no le guste, que se jod.a
Para poder hacer uso de las plazas habilitadas tienes que ir con tu hijo y ojo, porque si no es asi, te pueden quitar la tarjeta. Ademas, el uso de la tarjeta es por ordenanza municipal. Esto quiere decir que cada ayuntamiento hace lo que quiere. En San Sebastian solo puedes aparcar gratis en las plazas habilitadas y fuera de ellas tienes que pagar aunque con tarifa mas reducida. Sin embargo en Madrid o Bcn puedes aparcar gratis en cualquier lugar, en Madrid incluso 5 horas en carga y descarga. Es un lio, pero lo mejor es que preguntes al primer agente que veas.
Si te acoges a los beneficios fiscales, tu hijo tiene que ir siempre en el coche, no puedes hacer uso de el sino es para transportar a la persona que da derecho al beneficio.
En cuanto al IVA, este es el apartado de vehículos para aplicar el 4% de IVA. No entiendo lo que quiere decir el del concesionario
4.º Los vehículos para personas con movilidad reducida a que se refiere el número 20 del Anexo I del Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la redacción dada por el Anexo II A del Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, y las sillas de ruedas para uso exclusivo de
personas con minusvalía.
Los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas
con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como los vehículos a motor que,
previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con
movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.
La aplicación del tipo impositivo reducido a los vehículos comprendidos en el párrafo anterior requerirá el previo
reconocimiento del derecho del adquirente, que deberá justificar el destino del vehículo.
Para poder hacer uso de las plazas habilitadas tienes que ir con tu hijo y ojo, porque si no es asi, te pueden quitar la tarjeta. Ademas, el uso de la tarjeta es por ordenanza municipal. Esto quiere decir que cada ayuntamiento hace lo que quiere. En San Sebastian solo puedes aparcar gratis en las plazas habilitadas y fuera de ellas tienes que pagar aunque con tarifa mas reducida. Sin embargo en Madrid o Bcn puedes aparcar gratis en cualquier lugar, en Madrid incluso 5 horas en carga y descarga. Es un lio, pero lo mejor es que preguntes al primer agente que veas.
Si te acoges a los beneficios fiscales, tu hijo tiene que ir siempre en el coche, no puedes hacer uso de el sino es para transportar a la persona que da derecho al beneficio.
En cuanto al IVA, este es el apartado de vehículos para aplicar el 4% de IVA. No entiendo lo que quiere decir el del concesionario
4.º Los vehículos para personas con movilidad reducida a que se refiere el número 20 del Anexo I del Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la redacción dada por el Anexo II A del Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, y las sillas de ruedas para uso exclusivo de
personas con minusvalía.
Los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas
con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como los vehículos a motor que,
previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con
movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.
La aplicación del tipo impositivo reducido a los vehículos comprendidos en el párrafo anterior requerirá el previo
reconocimiento del derecho del adquirente, que deberá justificar el destino del vehículo.
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javivi1
- Forero

- Mensajes: 80
- Registrado: Vie 22 Sep 2017 10:09
- Coche:: CLASE V 220d
- VIN de tu vehículo: 447813
Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Hola, pues cuando solicité la valoracion de mi hijo en el tribunal medico no esperaba que me concedieran la tarjeta de aparcamiento pero fue así aparte de reconocerle una minusvalia,la verdad uso en contadas veces y llamadme tonto pero como que me dá apuro hacerlo porque no tiene una limitación física pero si de otra indole como no poder usar transporte publico solo y debe ir acompañado siempre. Al leer el decreto y ver que usa el termino "habitualmente" pensaba que con lo que consiguiera de beneficios pues lo destinaba a las necesidades de mi hijo ,pero en otros textos he leído también que es de "uso exclusivo" para su transporte, algo que podría revisarse porque que hago,¿tener dos vehículos? en fin pagamos todos justos por pecadores por la picaresca de mucha gente, lo reconozco.F650SS escribió:Te respondo a lo que se, ya que yo también tengo tarjeta de discapacitado. Si vas con tu hijo, ni pierdas el tiempo en buscar sitio, tienes derecho y punto, haz uso de el, y al que no le guste, que se jod.a
Para poder hacer uso de las plazas habilitadas tienes que ir con tu hijo y ojo, porque si no es asi, te pueden quitar la tarjeta. Ademas, el uso de la tarjeta es por ordenanza municipal. Esto quiere decir que cada ayuntamiento hace lo que quiere. En San Sebastian solo puedes aparcar gratis en las plazas habilitadas y fuera de ellas tienes que pagar aunque con tarifa mas reducida. Sin embargo en Madrid o Bcn puedes aparcar gratis en cualquier lugar, en Madrid incluso 5 horas en carga y descarga. Es un lio, pero lo mejor es que preguntes al primer agente que veas.
Si te acoges a los beneficios fiscales, tu hijo tiene que ir siempre en el coche, no puedes hacer uso de el sino es para transportar a la persona que da derecho al beneficio.
En cuanto al IVA, este es el apartado de vehículos para aplicar el 4% de IVA. No entiendo lo que quiere decir el del concesionario
4.º Los vehículos para personas con movilidad reducida a que se refiere el número 20 del Anexo I del Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la redacción dada por el Anexo II A del Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, y las sillas de ruedas para uso exclusivo de
personas con minusvalía.
Los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas
con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como los vehículos a motor que,
previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con
movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.
La aplicación del tipo impositivo reducido a los vehículos comprendidos en el párrafo anterior requerirá el previo
reconocimiento del derecho del adquirente, que deberá justificar el destino del vehículo.
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jjose
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Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Pero si vas a recogerlo, a comprar alimentos para él, a llevarlo, eso también es como si fuera dentro.
Otra cosa es que se utilice para trabajar y la escusa sea el muchacho.
Suerte con tu hijo y que no te falte ánimo.
Saludos.
Otra cosa es que se utilice para trabajar y la escusa sea el muchacho.
Suerte con tu hijo y que no te falte ánimo.
Saludos.
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F650SS
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Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Mi hijo no tiene movilidad reducida, pero es trasplantado de médula y es mejor que evite sitios cerrados muy concurridos.javivi1 escribió:Hola, pues cuando solicité la valoracion de mi hijo en el tribunal medico no esperaba que me concedieran la tarjeta de aparcamiento pero fue así aparte de reconocerle una minusvalia,la verdad uso en contadas veces y llamadme tonto pero como que me dá apuro hacerlo porque no tiene una limitación física pero si de otra indole como no poder usar transporte publico solo y debe ir acompañado siempre. Al leer el decreto y ver que usa el termino "habitualmente" pensaba que con lo que consiguiera de beneficios pues lo destinaba a las necesidades de mi hijo ,pero en otros textos he leído también que es de "uso exclusivo" para su transporte, algo que podría revisarse porque que hago,¿tener dos vehículos? en fin pagamos todos justos por pecadores por la picaresca de mucha gente, lo reconozco.F650SS escribió:Te respondo a lo que se, ya que yo también tengo tarjeta de discapacitado. Si vas con tu hijo, ni pierdas el tiempo en buscar sitio, tienes derecho y punto, haz uso de el, y al que no le guste, que se jod.a
Para poder hacer uso de las plazas habilitadas tienes que ir con tu hijo y ojo, porque si no es asi, te pueden quitar la tarjeta. Ademas, el uso de la tarjeta es por ordenanza municipal. Esto quiere decir que cada ayuntamiento hace lo que quiere. En San Sebastian solo puedes aparcar gratis en las plazas habilitadas y fuera de ellas tienes que pagar aunque con tarifa mas reducida. Sin embargo en Madrid o Bcn puedes aparcar gratis en cualquier lugar, en Madrid incluso 5 horas en carga y descarga. Es un lio, pero lo mejor es que preguntes al primer agente que veas.
Si te acoges a los beneficios fiscales, tu hijo tiene que ir siempre en el coche, no puedes hacer uso de el sino es para transportar a la persona que da derecho al beneficio.
En cuanto al IVA, este es el apartado de vehículos para aplicar el 4% de IVA. No entiendo lo que quiere decir el del concesionario
4.º Los vehículos para personas con movilidad reducida a que se refiere el número 20 del Anexo I del Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la redacción dada por el Anexo II A del Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, y las sillas de ruedas para uso exclusivo de
personas con minusvalía.
Los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas
con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como los vehículos a motor que,
previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con
movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.
La aplicación del tipo impositivo reducido a los vehículos comprendidos en el párrafo anterior requerirá el previo
reconocimiento del derecho del adquirente, que deberá justificar el destino del vehículo.
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javivi1
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- Registrado: Vie 22 Sep 2017 10:09
- Coche:: CLASE V 220d
- VIN de tu vehículo: 447813
Re: IVA Reducido y descuento familia numerosa
Te entiendo perfectamente y conocemos muchas familias que han usado los beneficios fiscales incluso en casos para adaptar el vehículo a las necesidades de sus hijos pero que no tienen otro vehículo y se obligados a usarlo para mas circunstancias cotidianas familiares, la verdad es que se siente uno como un poco perseguido.Y el ánimo solo viéndoles sonreirte cada días es suficiente para tirar adelante.jjose escribió:Pero si vas a recogerlo, a comprar alimentos para él, a llevarlo, eso también es como si fuera dentro.
Otra cosa es que se utilice para trabajar y la escusa sea el muchacho.
Suerte con tu hijo y que no te falte ánimo.
Saludos.
Saludos.