mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

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pecha
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mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por pecha »

bueno, pues tarde o temprano, sobre todo en chavales, algun dia tenia que pasar

le pillaron esta madrugada del sabado, aparentemente le dan el alto por que dicen los municipales de madrid, que se habia saltado un semaforo ya en rojo, y al hacerle soplar dio 0.81 y 0.83 en AIRE, a los 15 minutos, en prueba en furgoneta que fue avisada por el coche patrulla.

(el jura y perjura que justo cuando paso por el semaforo, se estaba poniendo en ambar, y que en ningun momento estaba en color rojo como dicen los del coche patrulla) pero eso es lo de ,"menos" ante sobrepasar con creces los 0,60)

inmovilizacion al canto del coche, pues iba solo, le metieron en la picasso de los locales y a la comisaria del planetario de madrid que por lo visto habre 24 horas.
2 denuncias, una por "pasar" semaforo en rojo, y otra por sobrepasar la tasa de 0,60 de alcohol en aire.

citacion para juicio rapido mañana martes,

suponemos que le caeran 8 meses de suspension pues NO tiene antecedentes, (de hecho tenia los 12+ 2 puntos sin tocar) y trabajos sociales por unos 20 dias mas menos.
multa economica entre 400 y 700 euros por conducir bebido.
el asume la culpa responsabilidad por ir con 4 cubatas y 2 cervezas, y ya sabe que se le va a retirar el carnet.

las dudas........

le asistio abogado de oficio.
-¿sigue con el o merece la pena que acuda a otro letrado?
-coste del abogado de oficio o del letrado contratado si es que merece la pena que le asista
-el insiste en que NO paso el semaforo en rojo, lo alega y le servira de algo, o se come el marron entero, de borrachera y saltar semaforo (yo le creo pues ese cruce lo pasa 20 veces a la semana, y es peligroso saltarselo)




que sugeris que tiene que declarar, para que le caiga lo menos posible,

saludos. pecha.
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maravillas
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por maravillas »

Normalmente el abogado de oficio es gratuito.
Yo creo que en este caso lo mejor que puedes hacer es consultarlo con un abogado, o bien con los de Sajec que son colaboradores.
En cuanto a lo de atenuar, probablemente gane más comiendose el marron y alegando la falta de antecedentes que la discusión del semáforo, ya que el juicio es por alcoholemia, no por conducción temeraria.
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chus73
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por chus73 »

El abogado de oficio le interesa si se va a conformar con la pena, si no se conforma y pierde puede caerle un castigo mayor.
Sin conocer a tu sobrino y ante pruebas palpables que es lo que va ha tener encuenta el juez.
¿A quien creerias?
1 Persona bebida que da una tasa un tanto elevada.
2. Policias Municipales que dicen que han visto saltarse el semaforo y tienen presuncion de veracidad porque son agentes de la autoridad.
Creo que lo tiene mal para librarse.
pecha
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por pecha »

chus73 escribió:El abogado de oficio le interesa si se va a conformar con la pena, si no se conforma y pierde puede caerle un castigo mayor.
Sin conocer a tu sobrino y ante pruebas palpables que es lo que va ha tener encuenta el juez.
¿A quien creerias?
1 Persona bebida que da una tasa un tanto elevada.
2. Policias Municipales que dicen que han visto saltarse el semaforo y tienen presuncion de veracidad porque son agentes de la autoridad.
Creo que lo tiene mal para librarse.
hola chus73.

librarse ya tiene claro que no se va a librar, el reconoce que ha metido la pata, y pagara por ello y punto. (suponemos que 8 meses de retirada, que el ya tiene asumidos)

bastante tiene aparte de que lo hayan detenido como a un delincuente habitual, y que se va a quedar sin carnet minimo 8 meses, cuando es un claval con carnet A de moto desde los 16, de coche con 18, con CERO multas, y sin ningun tipo de antecedentes. (por lo que me ha comentado, ojala tuvieran los policias la misma diligencia cuanto se trata de peleas, reyertas, robos, etc)



el me dice, SI a conducir con unos cubatas de mas y NO a pasar semarofo en rojo (si reconoce que se le puso en ambar cuando tenia el morro del coche a 2 metros de la linea de peatones del semaforo)

la duda es esa, si se come todo lo que le han puesto, o acepta lo del exceso de tasa de alcohol, pero no acepta lo del semaforo rojo.

saludos. pecha.
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maravillas
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por maravillas »

Realmente a la pena final, que le supone el saltarse el semáforo?
le han puesto conducción temeraria?
Yo pienso lo mismo que el compañero chus, en un juicio rápido la mente del juez va a estar 15 minutos centrada en el caso de tu sobrino, 0.81 y 0.83, y la declaración de un agente al que se supone que está sobrio y tiene presunción de veracidad, llevas todas las de perder.
Revolviendo es posible que le busquen más atenuantes, date cuenta que la tasa le estaba aún aumentando, y 0.83 no es jauja, probablemente los agentes le hayan hecho pruebas de coordinación y motricidad, y por ahí puede haber más problema todavia.
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arsi gsxr
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por arsi gsxr »

Hace unos años,conducir con 0.80 de alcohol en sangre,no era ni sancionable.Ahora esa misma cantidad es ser un delincuente...................no entiendo nada :swoon:
Siento lo de tu sobrino Pecha,parece ser(segun cuentas) que no se lo merece,animo
Salud
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maravillas
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por maravillas »

Hombre 0.8 en aire equivale al doble en sangre, que ya es una tasa más que respetable.
Los 0.8 que llegaron a ser legales se refería a valor en sangre.
Novatillo2009s
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por Novatillo2009s »

Opinión personal:
1.- Si tu sobrino tiene ingresos inferiores al doble del salario minimo interprofesional que vaya con el de oficio pq le saldrá gratuito. Si cobra mas que eso ya tendra que pagar los costes...
2.- Le aconsejo que reconozca los hechos y se conforme con la pena (queda reducida en 1/3 si lo hace el dia del juicio rápido). Además, si consigue convencer al juez que está arrepentido la pena será por la parte baja...

PD: Es bastante "peligroso" ir con esa tasa conduciendo (aunque el no lo crea)
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Adenauer
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por Adenauer »

Para mi los hechos son irrefutables;

Si la autoridad dice que te has pasado el semáforo, es que te lo has pasado, salvo testificación bastante y suficiente en contra.

contra la prueba de alcoholemia, poco o nada hay que hacer.

Pero si con estos antecedentes estás bien defendido, la pena puede ser la menor que contemple la Ley, para esotos casos.
ImagenImagenImagenImagen




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dvd_clk
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por dvd_clk »

La verdad es que no tiene mucho en lo que apollarse para defenderse en lo del semaforo, porque en un caso aislado sin prueba de alcohol ya tienes dificil probar que los agentes se equivocan porque son dos contar uno y estan del lado de la ley. Asi que creo que lo mejor sera acatar lo que impongan y mostrar arrepentimiento, porque despues de los ocho meses sin carnet lo del semaforo, no creo que sea tanto.
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Francisco
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por Francisco »

Lo mejor es ser sincero, decir la verdad, dar pena y que el juez o jueza se apiaden un poco de el y solo sea multa económica.

Saludos y suerte
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por maravillas »

Francisco escribió:Lo mejor es ser sincero, decir la verdad, dar pena y que el juez o jueza se apiaden un poco de el y solo sea multa económica.

Saludos y suerte
Es la mejor opción, aunque dudo que se quede unicamente en sanción económica, a lo mejor puede conseguir que se lo conmuten en fines de semana y periodos vacacionales, o bien con trabajos sociales.
En mi opinión lo mejor ante el juez es asumir la culpa y dejarse de paños calientes, que ya están ellos muy cocidos de historias.
Si acaso y como mucho hacer ver que lo del semáforo fue un despiste, o que creyó que le daba tiempo en ámbar.
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por sajec777 »

Novatillo2009s escribió:Opinión personal:
1.- Si tu sobrino tiene ingresos inferiores al doble del salario minimo interprofesional que vaya con el de oficio pq le saldrá gratuito. Si cobra mas que eso ya tendra que pagar los costes...
2.- Le aconsejo que reconozca los hechos y se conforme con la pena (queda reducida en 1/3 si lo hace el dia del juicio rápido). Además, si consigue convencer al juez que está arrepentido la pena será por la parte baja...

PD: Es bastante "peligroso" ir con esa tasa conduciendo (aunque el no lo crea)
Totalmente de acuerdo. Un saludo a todos.
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por chus73 »

El tema de la denuncia es una denuncia sin mas y siempre la podrá recurrir, pero volvemos a lo de siempre, tiene pruebas de no haberse saltado el semaforo, si recurre no podra beneficiarse de la reduccion por pronto pago hay que valorar si conviene pagar o si es mejor arriesgarse a recurrir y confiar en la suerte de que a la administracion se le pase algún plazo y prescriba aunque eso no suele ocurrir.
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Francisco
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por Francisco »

maravillas escribió:
Francisco escribió:Lo mejor es ser sincero, decir la verdad, dar pena y que el juez o jueza se apiaden un poco de el y solo sea multa económica.

Saludos y suerte
Es la mejor opción, aunque dudo que se quede unicamente en sanción económica, a lo mejor puede conseguir que se lo conmuten en fines de semana y periodos vacacionales, o bien con trabajos sociales.
En mi opinión lo mejor ante el juez es asumir la culpa y dejarse de paños calientes, que ya están ellos muy cocidos de historias.
Si acaso y como mucho hacer ver que lo del semáforo fue un despiste, o que creyó que le daba tiempo en ámbar.
Es la mejor opción, porque la prueba de alcoholemia es irrefutable. La palabra de la autoridad frente a lo del semáforo es también difícil de rebatir...Puedes gastar dinero en abogados, marear la perdiz, cabrear al juez y pagar más (más multa, costes de abogados...) Sinceridad, tirar para adelante y a ver si no son muy estrictos con la pena.

Saludos
pecha
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por pecha »

bueno, pues ya se ha celebrado el juicio rapido (ya me gustaria que para temas de delincuencia fueran tan diligentes)

visto lo visto, mi sobrino ha tenido que comerse todo (aunque sigue jurando y perjurando que NO se salto ningun semaforo en rojo, cosa que luego si que hicieron los municipales al trasladarle a la comisaria de arganzuela, a 130 por el centro de madrid :140: , que ya es discutible si para un traslado de un detenido por alcoholemia hace falta a esas velocidades por madrid capital, pero ellos si que lo pueden hacer)

CONCLUSION. con la sentencia en la mano

15 MESES de retirada de carnet
SEIS meses de multa a 4 euros diarios
33 DIAS de trabajos en beneficio de la cominidad
costas.

que al NO tener antecedentes el chico se han quedado en firme reducidas a:

10 MESES de retirada de carnet
CUATRO meses de multa a razon de 4 euros diarios. es decir 480 euros (los 4 euros le salen al ganar menos de 18.000 euros al año)

22 dias de trabajos en beneficio de la comunidad.

costas (que supuestamente al ganar menos de esos 18000 mencionados no tenga que pagar.


en la sentencia refleja que dio en la primera soplada 0,87 y 0,89 en la segunda efectuada a los 15 minutos de la primera.

es el MINIMO que segun el baremo tienen para esa tasa, dado que mi sobrino no tenia ningun tipo de antecedentes penales.

el chaval reconoce su falta por ir bastante pasado de alcohol, y asume la retirada de carnet, pero le queda el regusto de que ante la palabra de un policia, con el tema del semaforo, que yo si que le creo, tenga o no razon, hay que tragar. (vamos que preferiria que le hubieran cazado en un control rutinario)

es decir, que un policia puede poner lo que le salga de los eggs tenga o no razon, (a mi concretamente, bajando hace unos años a cheste al mundial de motos, me pararon, iba a 180 y estuve avispado y vi el coche camuflado y frene lo suficiente para pasar a su altura a 110, pero se ve que les jodio que les viera, y que no me pudieron tirar la foto, y avisaron a los del coche oficial, me pidieron todo tipo de papeles, incluso las gafas de repuesto, y como llevaba TODO en regla, y no tenian por donde meterme mano con pruebas, los muy cabritos pusieron que habia rebasado una linea continua, y me lleve la multa INVENTADA, puesta)

asi que nos sirva a todos de aviso de como se las estan gastando hoy dia con el tema del alcohol, y que si te paran, estas totalemente a capricho de lo que ponga el agente, (que SOLO se deberia limitar a poner la verdad, y no siempre es asi)

muchas gracias por vuestros comentarios pues le han sido de mucha ayuda al chico y por mi parte queda cerrado el tema si os parece.

saludos. pecha.
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55AMG
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por 55AMG »

Bueno pecha tienes razón en lo que comentas de los policias, pero en mi opinión y ya que tu eres su tio y supongo que mayor que él, deberías hacerle ver que no intente distraer la atención con si es verdad o mentira lo del semáforo cuando lo realmente grave es esa tasa de alcohol. Insisto en que te doy la razón en lo que comentas de los guardias de que hacen lo que quieren y nadie les multa, que pueden poner que han visto lo que sea aunque sea inventado, o que da vergüenza de que estos juicios sean tan rápidos ( evidentemente por que el estado pilla pasta). Yo ya lo veo como un impuesto a parte y ya me lo tomo a coña por no cabrearme... Que se olvide del tema de si fue justo o no y que la próxima coja un taxi :biggrin:

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Missione
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por Missione »

55 AMG, los juicios rápidos no solo se celebran por temas de circulación.
Estos juicios son para determinados delitos en los que se incoen en determinadas condiciones como son:

Que se trate de delitos castigados con pena privativa de libertad que no excedan de cinco años, o con cualesquiera otras penas, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cuya duración no exceda de diez años, cualquiera que sea su cuantía.
Que el proceso se inicie por atestado policial en el que el denunciado esté identificado y detenido (para su puesta a disposición del Juzgado) o haya podido estar citado ante el Juzgado de Guardia, y, además, concurra cualquiera de las circunstancias siguientes:
1. Que se trate de delitos flagrantes. A estos efectos, se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él.
2. Que se trate de alguno de los siguientes delitos tipificados en el Código Penal:
Delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra las siguientes personas: quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.
Delitos de hurto.
Delitos de robo.
Delitos de hurto y robo de uso de vehículos.
Delitos contra la seguridad del tráfico.
Delitos de daños referidos en el artículo 263 del Código Penal.
Delitos contra la salud pública previstos en el artículo 368, inciso segundo, del Código Penal.
Delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industrial previstos en los artículos 270, 273, 274 y 275 del Código Penal.
3. Que se trate de un hecho punible cuya instrucción sea presumible que será sencilla.

Cuándo no se aplica:
A la investigación y enjuiciamiento de aquellos delitos que fueran conexos con otro u otros delitos no enumerados anteriormente.
En aquellos casos que sea procedente acordar el secreto de las actuaciones.


Como ves, es muy amplio el abanico de delitos y delincuentes que abarcan los Juicios Rápidos.
Un saludo compañero.
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maravillas
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Re: mi sobrino pillado con 0.81 en alcoholemia

Mensaje por maravillas »

Yo opino lo mismo pecha, todos sabemos que las palabras de los agentes van a misa, aún así tu sobrino no debería marear la perdíz con lo del semáforo, que es anecdótico. Con 0.89 se está para muchas cosas pero no para discutir si la luz era amarilla o roja, y muchísimo menos para conducir. Que no se queje tanto que ha tenido mucha suerte. Imagínate que en ese semáforo cruza alguien aunque sea en rojo y tu sobrino se lo lleva delante, te imaginas cuales serían las consecuencias?. Si sólo se saltase el semáforo serían como mucho 300€ y 2 puntos, y eso como mucho.
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