PRONTO PAGO: El descuento en las multas se eleva del 30% al 50%. El plazo es de 20 días naturales y puede hacerse a través de Internet (en la web http://www.dgt.es, en Correos o a través del Banco Santander). El descuento no es válido para sanciones muy graves o denuncias por inhibidores de radar.
CUANTÍAS: Se establecen cantidades fijas para las sanciones: hasta 100 € para las leves, 200 € para las graves y 500 € para las muy graves. Asimismo, se unifican las sanciones que serán aplicables por todas las Administraciones. Hasta ahora eran variables hasta los 600 €. El uso de los inhibidores de radar está castigado específicamente con 6.000 € y las multas por exceso de velocidad se rigen aparte.
INFRACCIONES: Se reduce de 27 a 20 el número de las que conllevan pérdida de puntos. Ya no restarán créditos, por ejemplo, estacionar en el carril-bus o en un cambio de rasante, circular sin alumbrado, hacerlo por autovía o autopista con un vehículo prohibido, realizar una conducción negligente o dificultar el adelantamiento. Además, algunos excesos de velocidad restan ahora menos créditos (ver cuadro de la parte inferior).
PLAZOS: Antes, a la hora de presentar un recurso, se tenían 15 días hábiles de acuerdo al calendario de la localidad donde se producía la denuncia. Ahora, para no llevar a errores, siempre son naturales. Asimismo, el plazo para poder recuperar puntos contará desde el día después del que se hizo el pago de la sanción que originó su pérdida. Hasta este momento, había que esperar dos meses. Por otro lado, a los conductores que se paraba sin permiso de conducir, debían esperar dos años para poder obtenerlo. Ahora no hay limitaciones.
PRESCRIPCIÓN: Las infracciones muy graves prescriben ahora si no se notifican en el plazo de seis meses, la mitad que antes de la nueva ley.
RECUPERAR PUNTOS: A partir de ahora los conductores que hayan perdido puntos del carné podrán recuperar 6 puntos -en vez de 4- mediante un curso de recuperación en los centros de sensibilización y reeducación autorizados.
RETIRADA DE VEHÍCULOS: A partir de ahora, cualquier Ayuntamiento que retire un coche y lo lleve al depósito de vehículos tiene que notificarlo al titular en un plazo de 24 horas. Si no se lleva a cabo esa notificación, no se podrá cobrar al titular más allá de un día.
NUEVAS SANCIONES: Programar el navegador conduciendo es una nueva infracción grave que reduce 3 puntos. Estacionar en las plazas para discapacitados es una nueva infracción grave que no acarrea pérdida de puntos. Por su parte, llevar la matrícula ilegible es otra infracción grave, pero no supone pérdida de puntos. Además, manipular la placa de matrícula conlleva una multa de 6.000 euros y la sustracción de 6 puntos, con respecto a la anterior sanción de 150 euros y la reducción de 2 puntos.

Quedan lagunas que pronto veran luz, como los margenes de velocidad y la legalidad de los detectores de radar.
Salu2






