Un juez dictamina que conducir oyendo música con un auricular no es sancionable
JOSÉ A. HERNÁNDEZ - Madrid - 17/08/2011
Un juez de Madrid ha dictado una novedosa sentencia en la que anula "por no ser ajustada a derecho" una multa de tráfico a un conductor que iba oyendo música con un auricular colocado en uno de sus oídos. La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Madrid exime al automovilista José Miguel Ayllón Camacho de pagar los 150 euros que le impuso la Guardia Civil de Tráfico el 25 de febrero de 2010 cuando circulaba por la A-6 (Madrid-A Coruña) al entender los agentes que había cometido una falta grave por ir al volante oyendo música a través de un auricular conectado a una radio.
El juez, José Yusti Bastarreche, sostiene que Ayllón, abogado de profesión, autor de la demanda y presidente de la Asociación Nacional de Víctimas de Delitos Violentos, no infringió el artículo 65.4.f del Real Decreto Legislativo 339/1900 de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial, que tipifica como sanción grave "conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción".
El juez destaca que llevar un auricular, no los dos, no supone a priori una distracción. "Conducir utilizando cascos, auriculares (...)" significa, según el juez, que se castiga al conductor que lleve cascos o los dos auriculares; es decir, "en plural: con los auriculares a sendos oídos", pero no solo uno de ellos. Apunta el juez que "lo que se prohíbe es todo dispositivo conectado a los oídos que pueda disminuir la atención a la conducción, sin que pueda determinarse si el plural que usa la dicción legal se refiere a que sea en los dos oídos o se refiere a un número determinado de dispositivos, en cuyo caso el plural significa que la infracción se comete tanto cuando se utiliza tanto uno como los dos auriculares, cacos o aparatos semejantes".
El magistrado opina que "la intención real" de esta norma "es sancionar todo lo que pueda hacer perder la atención del conductor, pero esta interpretación no puede ser extrema, porque en ese caso también constituiría infracción tener conectado un aparato de música en el automóvil, que, sin embargo, en la mayoría de los vehículos viene de serie, o incluso la conversación con los otros ocupantes o viajeros, y no cabe duda de que esta puede ser mucho más atractiva que la propia conducción". Y añade: "La interpretación razonable es que si se usan los dos auriculares o cascos, se supone distracción, mientras que en el caso de uno solo es cuando menos discutible". En este caso el juez establece un paralelismo con el derecho penal, "aplicable al derecho sancionador" y opta por el in dubio pro reo; es decir, en caso de duda hay que fallar a favor del reo.
El abogado del Estado que estuvo presente en la vista, en defensa de Tráfico, pidió al juez que mantuviese la sanción e interpretó que daba igual llevar uno que los dos auriculares. En la demanda, Ayllón no niega que llevase un auricular puesto en uno de sus oídos. De hecho, pidió a los guardias que hiciesen constar ese matiz en la multa, lo que ha sido fundamental para que ahora el juez revoque la sanción. La sentencia es ya firme e irrecurrible, puesto que la infracción es inferior a 18.000 euros.
"Las leyes sancionadoras tienen que ser claras para que haya seguridad jurídica, no se pueden dejar a la libre interpretación de los agentes", señala Ayllón.
"Si alguien no le da una segunda versión de algo es porque prefiere no discutirle la primera para no perder el tiempo." Anónimo Si tu único recurso es la buena intención...fracasarás. Anónimo "No importa lo que está debajo del capó, sino quién está detrás del volante". Dom Toretto (F&F8). Si me alcanzas, mereces adelantarme. Anónimo
"Si alguien no le da una segunda versión de algo es porque prefiere no discutirle la primera para no perder el tiempo." Anónimo Si tu único recurso es la buena intención...fracasarás. Anónimo "No importa lo que está debajo del capó, sino quién está detrás del volante". Dom Toretto (F&F8). Si me alcanzas, mereces adelantarme. Anónimo
ManuelBC escribió:Pues crea jurisprudencia para poder usar auricular bt manos libres para el móvil
Hombre eso de que la sentencia de un Juez de lo Contencioso-administrativo crea jurisprudencia es cuando menos tan discutible como la sentencia del juez.
Este abogado se ha librado de la denuncia porque no le ha costado un duro la demanda, de lo contrario no sale rentable litigar con la administración por una multa de 150 €, pero es que puedes dar con otro juez que diga justamente lo contrario...
Aquí en Italia está permitido usar un manos libres de teléfono de esos que son un auricular y lo llevas colgado en la oreja. Lo importante es que todavía te queda el otro oido para poder escuchar si viene una ambulancia o si te están pitando, etc...
Saludos.
Antes era un creido, pero fui a terapia y ahora soy PERFECTO!!!
Le ha salido el tiro bien, es abogado, le ha salido gratis y ha acertado, o quizás tenia amistades muy buenas, pero es totalmente sancionable y así lo regula el R.G.C sin concretar que utilizar un auricular es reglamentario. Es tan absurdo como que en un cartel de ''prohibido entrar padres'' solamente este prohibido la entrada de ambos, pero no así la entrada del padre o la madre por separado.
Un juez tiene tanto tanto tanto poder, que puede dictaminar lo que quiera sobre lo que quiera.-
Yo suelo llevar el pinganillo de la BB en el coche de empresa, y solo me pongo un auricular. Y no creo que sea mas peligroso que el usar el manos libres, cualquier conversacion (y si es de trabajo mas todavia) sea en manos libre o pinganillo distrae de la misma manera. Con lo cual, aplaudo a este señor juez.....
En parte comparto la sentencia tal como esta planteada, pero estoy de acuerdo que tiene que estar prohibido uno o dos auriculares.
Esta es la pescadilla que se muerde la cola, por esta regla de tres tampoco se tendría que sancionar cuando se escucha música y hablar por el móvil con un auricular.
olvido escribió:En parte comparto la sentencia tal como esta planteada, pero estoy de acuerdo que tiene que estar prohibido uno o dos auriculares.
Esta es la pescadilla que se muerde la cola, por esta regla de tres tampoco se tendría que sancionar cuando se escucha música y hablar por el móvil con un auricular.
Gracias por la inf
Estoy de acuerdo contigo en que debería sancionarse uno o dos auriculares, pero no entiendo a qué te refieres con lo de escuchar música.
El que en España este prohibido usar un pinganillo en un oido bt manos libres para el móvil no significa que la ley española sea dogma de fé, es posible que algún día alguien con sentido común la cambie y deje de estar prohibido.
Es como hoy a 120 km/h y ayer a 110 y mañana a 130.
Las leyes cambian. Este juez a considerado qyue es una ley absurda y como en un juicio él es la ley pues dicta sentencia a favor.
Seguramente en su día a día utilice un pinganillo bt del móvil quepor cierto son una maravilla (plantronics por ejemplo)
olvido escribió:En parte comparto la sentencia tal como esta planteada, pero estoy de acuerdo que tiene que estar prohibido uno o dos auriculares.
Esta es la pescadilla que se muerde la cola, por esta regla de tres tampoco se tendría que sancionar cuando se escucha música y hablar por el móvil con un auricular.
Gracias por la inf
Estoy de acuerdo contigo en que debería sancionarse uno o dos auriculares, pero no entiendo a qué te refieres con lo de escuchar música.
Nunca lo he usado, pero creo que un movil sirve también para escuchar la música, las noticias etc, siendo así, y según la sentencia seria legal mientras sea por un auricular.
A mi juicio, la esencia de la denuncia ganada es porque escuchando música con un solo oído puedes atender también lo que sucede en tu entorno, mientras que si llevas los 2 oídos taponados por los auriculares se genera una sensación distinta, que te envuelve y te deja incapaz de estar atento a lo que pasa a tu alrededor.
Hablar por teléfono es muy distinto. Incluso debería estar prohibido con dispositivos manos libres porque te descentra completamente, máxime si la conversación es compleja.
Juselin escribió:Hablar por teléfono es muy distinto. Incluso debería estar prohibido con dispositivos manos libres porque te descentra completamente, máxime si la conversación es compleja.
Para mí, tanto el auricular "legalizado" como hablar por teléfono son prácticamente la misma cosa. Por mucho que tengas un oído libre, la atención va para el que está ocupado y esa atención hace que te quedes empanado al volante, sin capacidad de reacción, como si fueras con un piloto automático.
Por este motivo, no estoy de acuerdo con la sanción del juez pese a la laguna legal.
"Si alguien no le da una segunda versión de algo es porque prefiere no discutirle la primera para no perder el tiempo." Anónimo Si tu único recurso es la buena intención...fracasarás. Anónimo "No importa lo que está debajo del capó, sino quién está detrás del volante". Dom Toretto (F&F8). Si me alcanzas, mereces adelantarme. Anónimo
Juselin escribió:A mi juicio, la esencia de la denuncia ganada es porque escuchando música con un solo oído puedes atender también lo que sucede en tu entorno, mientras que si llevas los 2 oídos taponados por los auriculares se genera una sensación distinta, que te envuelve y te deja incapaz de estar atento a lo que pasa a tu alrededor.
Hablar por teléfono es muy distinto. Incluso debería estar prohibido con dispositivos manos libres porque te descentra completamente, máxime si la conversación es compleja.
OK, pero con ciertas reservas en los del manos libres.
Lo que está claro es que hay dos tipos de justicia y en esta sentencia ha quedado demostrado una vez más, si multan a un profesional, lo hieren en su orgullo y éste saca todo lo mejor como profesional de la abogacia para no pagar la multa, recuerdo ahora el caso de aquel que dijo que se rascaba la oreja en vez de hablar por el móvil y ganó. Si nos multasen a ti o a mi, pagaríamos la multa, ya que nos sale más a cuenta pagar que poner un pleito al Estado.
David-560 escribió:Para mí, tanto el auricular "legalizado" como hablar por teléfono son prácticamente la misma cosa. Por mucho que tengas un oído libre, la atención va para el que está ocupado y esa atención hace que te quedes empanado al volante, sin capacidad de reacción, como si fueras con un piloto automático.
Por este motivo, no estoy de acuerdo con la sanción del juez pese a la laguna legal.
Pero es que algunos (muchos diría yo) ya se quedan empanados al volante sin llevan ningún auricular, simplemente porque conducen de tanto en tanto y cuando lo hacen se creen que están en el sofá de casa
David-560 escribió:Para mí, tanto el auricular "legalizado" como hablar por teléfono son prácticamente la misma cosa. Por mucho que tengas un oído libre, la atención va para el que está ocupado y esa atención hace que te quedes empanado al volante, sin capacidad de reacción, como si fueras con un piloto automático.
Por este motivo, no estoy de acuerdo con la sanción del juez pese a la laguna legal.
Pero es que algunos (muchos diría yo) ya se quedan empanados al volante sin llevan ningún auricular, simplemente porque conducen de tanto en tanto y cuando lo hacen se creen que están en el sofá de casa