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Responsabilidad del propietario de vehiculo sin seguro
Moderadores: Ramiro, ManuelBC, mycroft, Raúl Pérez, santigag, Lcarra, Randalf44, Karlss
- Valiance
- Forero gran maestro

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Responsabilidad del propietario de vehiculo sin seguro
Veamos, poneros en el caso de que un vehiculo sin seguro obligatorio lo conduce regularmente un señor, el cual no es propietario del vehículo. Si surge cualquier accidente o simplemente le para la guardia civil....que responsabilidades recaen sobre el propietario?
Gracias por las respuestas
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- dgc
- Forero gran maestro

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Re: Responsabilidad del propietario de vehiculo sin seguro
pues supongo que todas , para eso es el propietario.Valiance escribió:Veamos, poneros en el caso de que un vehiculo sin seguro obligatorio lo conduce regularmente un señor, el cual no es propietario del vehículo. Si surge cualquier accidente o simplemente le para la guardia civil....que responsabilidades recaen sobre el propietario?
Gracias por las respuestas
- manubea
- Forero gran maestro

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pues creo que igual a las que tendria el propietario puesto que un conductor debe tener los papeles en regla para conducir un vehiculo, antes de irte con el coche debes mirar si tiene todo en regla de todas formas trafico sanciona al conductor del vehiculo independientemente de si es el propietario o no, si conduciendo un vehiculo cometes una irregularidad es responsabilidad tuya, al igual de si llevas los papeles o no en regla, es tu obligacion asegurarte, o eso creo, pero es lo mas logico, no?
saludos
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- Valiance
- Forero gran maestro

- Mensajes: 6107
- Registrado: Sab 20 Nov 2004 18:17
- Coche:: CL500 2003
- Ubicación: Oviedo
Claro, si el conductos comete alguna irregularidad en teoria es resposabilidad suya, pero si causa un accidente donde existan daños materiales o a personas..etc.., no se hasta que punto pueden empapelar al propietario, ya que no tiene asegurado su vehiculo. A ver si alguien me aclara un poco este tema, existe en mi familia un caso como este.
- guadaMB
- Forero gran maestro

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- Registrado: Vie 05 Oct 2007 15:44
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El dueño del vehículo es RESPONSABLE.
Según nuestra maravillosa ley del Seguro, lo que se asegura es el COCHE.
Es un ente inanimado que cobra entidad jurídica y HAY QUE ASEGURARLO por si se pone en marcha SOLO.
Típica excusa de las aseguradoras: si le ROBAN el coche y éste tiene un accidente, USTED ESTÁ ASEGURADO.
Todo esto se resolvería si lo que se asegurara fuera la RESPONSABILIDAD CIVIL del conductor. No se necesitarían pólizas llevaderas obligatoriamente a bordo del coche, puesto que ésto podría ir "añadido" a la info del carnet de conducir o del DNI electrónico, por ej.
Pero -obviamente- las aseguradoras "perderían" un pastón puesto que un CONDUCTOR tomaría sólo un seguro. En mi caso, estoy obligado a coger CINCO PÓLIZAS, cuando en realidad puedo conducir un coche por vez.
Según nuestra maravillosa ley del Seguro, lo que se asegura es el COCHE.
Es un ente inanimado que cobra entidad jurídica y HAY QUE ASEGURARLO por si se pone en marcha SOLO.
Típica excusa de las aseguradoras: si le ROBAN el coche y éste tiene un accidente, USTED ESTÁ ASEGURADO.
Todo esto se resolvería si lo que se asegurara fuera la RESPONSABILIDAD CIVIL del conductor. No se necesitarían pólizas llevaderas obligatoriamente a bordo del coche, puesto que ésto podría ir "añadido" a la info del carnet de conducir o del DNI electrónico, por ej.
Pero -obviamente- las aseguradoras "perderían" un pastón puesto que un CONDUCTOR tomaría sólo un seguro. En mi caso, estoy obligado a coger CINCO PÓLIZAS, cuando en realidad puedo conducir un coche por vez.
- yepayepa3
- Forero maestro

- Mensajes: 1164
- Registrado: Vie 25 Feb 2005 13:05
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El propietario siempre es el subsidiario legal, asi que da igual quien conduzca, si este se declara insolvente y causa un destrozo (que supongo que es lo directo de tu pregunta) el responsable es el propietario del coche.guadaMB escribió:El dueño del vehículo es RESPONSABLE.
Según nuestra maravillosa ley del Seguro, lo que se asegura es el COCHE.
Es un ente inanimado que cobra entidad jurídica y HAY QUE ASEGURARLO por si se pone en marcha SOLO.
Típica excusa de las aseguradoras: si le ROBAN el coche y éste tiene un accidente, USTED ESTÁ ASEGURADO.
Todo esto se resolvería si lo que se asegurara fuera la RESPONSABILIDAD CIVIL del conductor. No se necesitarían pólizas llevaderas obligatoriamente a bordo del coche, puesto que ésto podría ir "añadido" a la info del carnet de conducir o del DNI electrónico, por ej.
Pero -obviamente- las aseguradoras "perderían" un pastón puesto que un CONDUCTOR tomaría sólo un seguro. En mi caso, estoy obligado a coger CINCO PÓLIZAS, cuando en realidad puedo conducir un coche por vez.
Si no se asegurara el coche si no el carnet de conducir de un conductor, ademas de perder dinero las aseguradoras, el propietario del vehiculo estaria con el culo al aire en muchas situaciones. Por ejemplo robo del vehiculo o daños propios del vehiculo. Y si se piensa que la solucion seria hacer una poliza metiendo por ejemplo 3 coches, este seguro valdria como asegurar los 3 coches por separado.
“Video games are bad for you?
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- yepayepa3
- Forero maestro

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No es del todo asi, esta prohibido circular sin seguro, pero el responsable del vehiculo siempre es el propietario, piensa que si a ti te dejan un coche tu no tienes porque saber si esta o no asegurado.coyote escribió:Yo entiendo que le cae al paquete al conductor y al propietario si son distintos.
A ultima hora el resposable civil subsidiario del vehículo es siempre el propietario, pero conducir sin seguro es algo que está tipificado, sea propietario o no del vehículo el sujeto
Imagina esta situacion. Estas en una cena familiar, os quedais sin tabaco y un familiar te deja las llaves de su coche para que vayas a comprar, tu le preguntas si tiene el seguro al corriente (que nadie desconfiaria y no preguntaria), te dice que si que ningun problema. Cojes el coche, te para los civiles, no llevas seguro, ¿te meten al truyo porque el coche no tiene seguro?, aun que la ------ seria si lo has robado no lleva seguro y te enchironan no por robo si no por conducir un coche sin seguro, XD
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- guadaMB
- Forero gran maestro

- Mensajes: 1918
- Registrado: Vie 05 Oct 2007 15:44
- Coche:: W123 300 TE
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Exacto.coyote escribió:Bueno, tu en teoría no puedes conducir un vehículo sin seguro, sea tuyo o no, y si te paran te van a a cascar, seguro, aparte de inmobilizrte el coche.yepayepa3 escribió:No es del todo asi, esta prohibido circular sin seguro, pero el responsable del vehiculo siempre es el propietario, piensa que si a ti te dejan un coche tu no tienes porque saber si esta o no asegurado.coyote escribió:Yo entiendo que le cae al paquete al conductor y al propietario si son distintos.
A ultima hora el resposable civil subsidiario del vehículo es siempre el propietario, pero conducir sin seguro es algo que está tipificado, sea propietario o no del vehículo el sujeto
Imagina esta situacion. Estas en una cena familiar, os quedais sin tabaco y un familiar te deja las llaves de su coche para que vayas a comprar, tu le preguntas si tiene el seguro al corriente (que nadie desconfiaria y no preguntaria), te dice que si que ningun problema. Cojes el coche, te para los civiles, no llevas seguro, ¿te meten al truyo porque el coche no tiene seguro?, aun que la ------ seria si lo has robado no lleva seguro y te enchironan no por robo si no por conducir un coche sin seguro, XD
Teóricamente y aunque en la práctica no se haga (todos hemos conducido algún coche que no es nuestro sin mirar los papeles) estamos obligados a llevar el vehiculo con seguro, como conductores y/o como propietarios.
- joseramonjj
- Forero gran maestro

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- Coche:: vehículo
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Como siempre todo lo que leo de ti es para andar seguro hilo de oro....guadaMB escribió:El dueño del vehículo es RESPONSABLE.
Según nuestra maravillosa ley del Seguro, lo que se asegura es el COCHE.
Es un ente inanimado que cobra entidad jurídica y HAY QUE ASEGURARLO por si se pone en marcha SOLO.
Típica excusa de las aseguradoras: si le ROBAN el coche y éste tiene un accidente, USTED ESTÁ ASEGURADO.
Todo esto se resolvería si lo que se asegurara fuera la RESPONSABILIDAD CIVIL del conductor. No se necesitarían pólizas llevaderas obligatoriamente a bordo del coche, puesto que ésto podría ir "añadido" a la info del carnet de conducir o del DNI electrónico, por ej.
Pero -obviamente- las aseguradoras "perderían" un pastón puesto que un CONDUCTOR tomaría sólo un seguro. En mi caso, estoy obligado a coger CINCO PÓLIZAS, cuando en realidad puedo conducir un coche por vez.
Demuestra una verdad y siempre te rieras,de los demás...
La mejor venganza es saber que lo has derrotado con su propia medicina luego las cosas te las piden por favor..
La persona que no comete nunca una tontería nunca hará nada interesante.
Se puede confiar en las malas personas, no cambian jamás.
VENTA DE PRIMERA LINEA DE PLAYA..http://www.mbfaq.com/foro/viewtopic.php?f=88&t=144786
La mejor venganza es saber que lo has derrotado con su propia medicina luego las cosas te las piden por favor..
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- Sergio Jose
- Forero gran maestro

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Ufffffff, habría mucho que hablar Valiance.
En lo de conducir sin seguro es totalmente cierto lo comentado por los compañeros, cuando conduces un coche TU eres el responsable que estén todos los papeles en regla, y no hay excusas por desconocimiento, tu obligación es comprovarlo todo antes de conducir un vehículo.
Y te lo digo porque a mí me cayó una multa por dicho motivo, al "amigo" que me prestó el coche lo multaron por no tener el vehículo en orden, pero a mí también por conducirlo.
En cuanto a si ha habido un accidente ...., al propietario lo multarán por no tener el vehículo asegurado, pero el responsable directo del accidente, y por ende de los daños, es el conductor.
Y si la cosa es grave que no diga el propietario que lo tenía aparcado sin uso y le han cogido las llaves :roll: :roll: :roll: , que no será la primera vez.
Saludos.-
En lo de conducir sin seguro es totalmente cierto lo comentado por los compañeros, cuando conduces un coche TU eres el responsable que estén todos los papeles en regla, y no hay excusas por desconocimiento, tu obligación es comprovarlo todo antes de conducir un vehículo.
Y te lo digo porque a mí me cayó una multa por dicho motivo, al "amigo" que me prestó el coche lo multaron por no tener el vehículo en orden, pero a mí también por conducirlo.
En cuanto a si ha habido un accidente ...., al propietario lo multarán por no tener el vehículo asegurado, pero el responsable directo del accidente, y por ende de los daños, es el conductor.
Y si la cosa es grave que no diga el propietario que lo tenía aparcado sin uso y le han cogido las llaves :roll: :roll: :roll: , que no será la primera vez.
Saludos.-
- guadaMB
- Forero gran maestro

- Mensajes: 1918
- Registrado: Vie 05 Oct 2007 15:44
- Coche:: W123 300 TE
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Este es otro caso de "generalización imposible" debido a que se desconocen los detalles.
Todo depende del "conjunto".
Prima facie, si el coche NO está asegurado, habrá una sanción administrativa por "circular sin el seguro obligatorio" que se aplicará independientemente del accidente.
Dependiendo de los dichos del propietario del coche y de lo manifestado por el conductor (seguro que juicio mediante), puede haber café para todos o recaer sólo en el CONDUCTOR la responsabilidad por los daños ocasionados tanto a terceros como al coche causante (todo se complica con un simple cambio en las declaraciones de uno de ellos)
También pueden darse muchos casos en que un coche ESTÉ asegurado y la aseguradora no cubra algunos o todos los daños, sobre todo con conductores no incluidos en la póliza. Es un mundo por descubrir...
Todo depende del "conjunto".
Prima facie, si el coche NO está asegurado, habrá una sanción administrativa por "circular sin el seguro obligatorio" que se aplicará independientemente del accidente.
Dependiendo de los dichos del propietario del coche y de lo manifestado por el conductor (seguro que juicio mediante), puede haber café para todos o recaer sólo en el CONDUCTOR la responsabilidad por los daños ocasionados tanto a terceros como al coche causante (todo se complica con un simple cambio en las declaraciones de uno de ellos)
También pueden darse muchos casos en que un coche ESTÉ asegurado y la aseguradora no cubra algunos o todos los daños, sobre todo con conductores no incluidos en la póliza. Es un mundo por descubrir...
- manubea
- Forero gran maestro

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yo creo que es tal y como dicesSergio Jose escribió:Ufffffff, habría mucho que hablar Valiance.
En lo de conducir sin seguro es totalmente cierto lo comentado por los compañeros, cuando conduces un coche TU eres el responsable que estén todos los papeles en regla, y no hay excusas por desconocimiento, tu obligación es comprovarlo todo antes de conducir un vehículo.
Y te lo digo porque a mí me cayó una multa por dicho motivo, al "amigo" que me prestó el coche lo multaron por no tener el vehículo en orden, pero a mí también por conducirlo.
En cuanto a si ha habido un accidente ...., al propietario lo multarán por no tener el vehículo asegurado, pero el responsable directo del accidente, y por ende de los daños, es el conductor.
Y si la cosa es grave que no diga el propietario que lo tenía aparcado sin uso y le han cogido las llaves :roll: :roll: :roll: , que no será la primera vez.
Saludos.-
saludos
- CHAN
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- Coche:: Ford Focus
- Ubicación: ESPAÑA
Es obligatorio asegurar a:
- Todos los vehículos de motor
- Vehículos para personas de movilidad reducida y ciclomotores
- Remolques y semirremolques, incluso no acoplados,
cuando tengan su estacionamiento habitual en España, entendiéndose a estos efectos:
- Cuando ostenta la matrícula española
- Cuando para el tipo de vehículo no exista matrícula, pero sí lleve placa de seguro u otro signo distintivo análogo a la matrícula y España sea el Estado donde se haya expedido esta placa o signo.
- Cuando para el tipo de vehículo no exista placa de matrícula, placa de seguro o signo distintivo, España sea el Estado del domicilio del usuario.
El conductor de vehículos a motor es responsable de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
En caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará exonerado cuando pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos.
En caso de daños a los bienes el conductor será el responsable cuando así resulte civilmente.
El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria (S.R.C.S.O.)
cubre hasta unas cuantías determinadas, la responsabilidad civil (económica) del conductor del vehículo, cuando por hechos denunciados de la circulación se produzcan daños tanto corporales como materiales.
Está prohibida la circulación de los vehículos que no cumplan con esta obligación.
Los límites mínimos actuales son 350.000 € por víctima en caso de daños corporales o personales.
Hasta 100.000 € por siniestro en daños materiales.
Las garantías de este seguro cubren la responsabilidad del conductor, cualquiera que sea, siempre que esté autorizado por su propietario, no necesariamente por escrito, a utilizar el vehículo.
La obligación de que el vehículo esté asegurado corresponde al propietario titular del vehículo, quien no obstante puede ser relevado de la obligación cuando otra persona que tenga interés en ello, lo concierte con una entidad aseguradora. Recibe el nombre de "tomador" la persona que contrata con dicha entidad la póliza del seguro.
Si un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones requiere la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le es exhibido, formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo, si en el plazo de cinco días no se justifica ante la misma la existencia del seguro.
El incumplimiento (carencia del seguro) acarreará el depósito y una sanción de 601´01 a 3.005´06 €.
La no presentación al ser requerido aunque se tenga y se justifique posteriormente supondrá una sanción de 60´10 €.
- Todos los vehículos de motor
- Vehículos para personas de movilidad reducida y ciclomotores
- Remolques y semirremolques, incluso no acoplados,
cuando tengan su estacionamiento habitual en España, entendiéndose a estos efectos:
- Cuando ostenta la matrícula española
- Cuando para el tipo de vehículo no exista matrícula, pero sí lleve placa de seguro u otro signo distintivo análogo a la matrícula y España sea el Estado donde se haya expedido esta placa o signo.
- Cuando para el tipo de vehículo no exista placa de matrícula, placa de seguro o signo distintivo, España sea el Estado del domicilio del usuario.
El conductor de vehículos a motor es responsable de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
En caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará exonerado cuando pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos.
En caso de daños a los bienes el conductor será el responsable cuando así resulte civilmente.
El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria (S.R.C.S.O.)
cubre hasta unas cuantías determinadas, la responsabilidad civil (económica) del conductor del vehículo, cuando por hechos denunciados de la circulación se produzcan daños tanto corporales como materiales.
Está prohibida la circulación de los vehículos que no cumplan con esta obligación.
Los límites mínimos actuales son 350.000 € por víctima en caso de daños corporales o personales.
Hasta 100.000 € por siniestro en daños materiales.
Las garantías de este seguro cubren la responsabilidad del conductor, cualquiera que sea, siempre que esté autorizado por su propietario, no necesariamente por escrito, a utilizar el vehículo.
La obligación de que el vehículo esté asegurado corresponde al propietario titular del vehículo, quien no obstante puede ser relevado de la obligación cuando otra persona que tenga interés en ello, lo concierte con una entidad aseguradora. Recibe el nombre de "tomador" la persona que contrata con dicha entidad la póliza del seguro.
Si un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones requiere la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le es exhibido, formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo, si en el plazo de cinco días no se justifica ante la misma la existencia del seguro.
El incumplimiento (carencia del seguro) acarreará el depósito y una sanción de 601´01 a 3.005´06 €.
La no presentación al ser requerido aunque se tenga y se justifique posteriormente supondrá una sanción de 60´10 €.
He conseguido asumir mi verdadero papel en esta vida
- Valiance
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- Registrado: Sab 20 Nov 2004 18:17
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Pescao
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- Registrado: Sab 14 Ene 2006 20:18
- Coche:: E 270
- Ubicación: MELILLA
Amen compañero !!!!. Mas razón que un santo, pero así son las cosas en este pais, (no sé como andarán en el resto de Europa), pasa lo mismo que con los Registradores de la propiedad y los Notarios, a ver por que motivo o razón de peso irrefutable, no puede la Administración asumir esas funciones, máxime cuando ambos son funcionarios.guadaMB escribió:El dueño del vehículo es RESPONSABLE.
Según nuestra maravillosa ley del Seguro, lo que se asegura es el COCHE.
Es un ente inanimado que cobra entidad jurídica y HAY QUE ASEGURARLO por si se pone en marcha SOLO.
Típica excusa de las aseguradoras: si le ROBAN el coche y éste tiene un accidente, USTED ESTÁ ASEGURADO.
Todo esto se resolvería si lo que se asegurara fuera la RESPONSABILIDAD CIVIL del conductor. No se necesitarían pólizas llevaderas obligatoriamente a bordo del coche, puesto que ésto podría ir "añadido" a la info del carnet de conducir o del DNI electrónico, por ej.
Pero -obviamente- las aseguradoras "perderían" un pastón puesto que un CONDUCTOR tomaría sólo un seguro. En mi caso, estoy obligado a coger CINCO PÓLIZAS, cuando en realidad puedo conducir un coche por vez.





