Duda con los neumáticos para pasar la ITV

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Di4l
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Mensaje por Di4l »

Fress escribió:Vamos a ver, el fabricante homologa un neumatico que es el que trae de serie, eso es a lo que se refiere con que el neumatico tiene que estar homologado, luego se pueden poner las equivalencias.


Yo creo que esto lo deja bien claro:

Las dimensiones y características de los mismos serán las previstas por el fabricante en la homologación del vehículo o sus equivalentes...


Quiere decir lo que he dicho antes, que el neumatico tiene que ser el que el fabricante homologo cuando homologo todo el coche o equivalentes.

De todos modos yo ya no se que mas decirte, si lo que dicen en las ITV no te sirve, si lo que pone el el ministerio tampoco y lo que digo yo tampoco, pues.................
Pues nada, que soy un cabezota tocapelotas y no me convencéis.

Estoy de acuerdo contigo en que los neumáticos válidos para un vehículo son los que homologa el fabicante o sus equivalentes... pero los neumáticos que pones, han de estar homologados. (También lo dice bien clarito en el texto).
...deben tener sus ruedas provistas de neumáticos (nuevos o recauchutados), homologados
.

La parte referente a que neúmaticos son válidos, sólo indica las restricciones de tamaño y características de éstos para un vehículo. Es decir, a un mercedes no le puedes poner ruedas de tractor, porque no son válidos. Si les pones unos equivalentes, si son válidos... pero repito. han de estar homologados... (aparecer escritos en la ficha técnica)

Y por estar homologados se entiende que esten escritos en la ficha técnica del vehículo.
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joseW201
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Mensaje por joseW201 »

Yo estoy con Fress. La legislación dice que deben ser neumaticos homologados (no te los puedes fabricar tú), no dice homologados para el vehículo en cuestión y además todos los índices deben ser iguales o superiores (ancho, diámetro, carga y velocidad). Nunca pueden ser menores. Yo hace alrededor de un año cambié las medidas de los neumáticos de mi coche, pero antes pregunté en tres ITV (por si en alguna se equivocaban y luego....) y además consulté la legislación y todos coincidían. Otra cosa, las 4 ruedas no tienen que ser iguales. Deben ser iguales las del mismo eje, esto es, puedes llevar una medida en el eje delantero y otra distinta en el trasero siempre que sean equivalentes.

Saludos
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cesartlr
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Mensaje por cesartlr »

asi es Di4l o asi es como me ha ocurrido a mi en mi choche y en el de mi mujer y es que soy un forofo de las llantas y tanto en mi ce 24 como en el 318 de la contraria llevo ruedas perfectamente equivalentes en llanta 17 pero pero pero...
en la itv me han obligado a homologar o lo que es lo mismo a pagar para homologar y me ha ocurrido en dos itv que hago ? poner las originales pasar itv y desear que no ocurra nada malo porque no pienso soltar ni un centimo
y el caso es que en la itv en su dia me explicaron exactamente lo mismo que a ti fress pero me dicen que siempre y cuando varie el diametro de la llanta homologar
un saludo
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Mensaje por Di4l »

Fress escribió:...
Peor bueno, da igual, esta claro que no hay manera de convencerte.

¿ que es lo que necesitas para que te convenzan?
Lo mismo te digo yo a tí... jeje, ¿Qué tengo que hacer para convencerto yo a tí?
Fress escribió:es que mas, no se, como no venga el ministro de industria y te lo diga, por que joer, si que eres cabezota :).
Ni siquiera el ministro de industria me convencería... para convencerme me bastaría que por escrito me dijeran que las ruedas equivalentes X que llevo en mi coche C, estan legalizadas. Más quenada para tener un resquicio legal al que agarrarme en caso de problemas.

Yo creo que el problema ha derivado a uno de interpretación de lo escrito en el documento que has posteado de la ITV. Lo que yo entiendo al leerlo no es lo mismo que tú entiendes... creo que no hay salida a este "problema". Cada uno ha hecho cuanto ha podido para convencer al otro, pero somos incapaces... y cada uno estamos seguros de estar en lo correcto.

Creo que somos un par de cabezotas redomados ;)
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Mensaje por Di4l »

cesartlr escribió:en la itv me han obligado a homologar o lo que es lo mismo a pagar para homologar y me ha ocurrido en dos itv que hago ? poner las originales pasar itv y desear que no ocurra nada malo porque no pienso soltar ni un centimo
Pues creo que llegados a este punto, debes de decidir en que "bando" (amistosamente se entiende) estás.

Por un lado estamos los que opinamos que para estar bajo la ley y evitar posibles problemas, has de homologar los neumáticos. De otro lado, están los que opinan que no es necesario siempre y cuando el neumático sea equivalente.

Como hay algunas ITVs que dejan pasar coches con neumáticos equivalentes (aunque no estén homologados), si quieres puedes pasrte por una de ellas y no pagas un duro. O como tú dices, pones unas homologadas, pasas la ITV y luego las cambias de nuevo. Eso, desde mi punto de vista, implica que en caso de accidente con consecuencias, si la guardia civil se pone a investigar y descubre que los neumñaticos no están homologados (escritos en tu ficha técnica), se te puede caer el pelo. Como mínimo el seguro ya no te cubre.

Fress y otros piensan que no es así, sino que al ser neumáticos equivalentes, estás dentro de la legalidad y no tienes problemas.

Lo que te ha sucedido a tí con los neumáticos tendrá diferentes interpretaciones dependiendo del bando.

De los que opinamos que hay que homologar, te diremos que las ITVs hacen la vista gorda (siempre y cuando el neumático sea equivalente), porque es un negocio privado... y hacen dinero de los coches que examinan. Si se corre la voz de que en tal ITV no pasan a los coches que no llevan neumáticos homologados, pierden clientela y dinero... que es lo que les importa. Por eso hacen la vista gorda. Además te diremos que en la ITV en la que te obligaron a homologar los neumáticos hicieron su trabajo correctamente.

Del lado de los que opinan como Fress, te dirán que como es perfectamente legal llevar los neumáticos equivalentes, por eso pasan las ITVs sinproblemas. Y además te dirán que en la ITV en la que te obligaron a homologar los neumáticos te estafaron porque lo que querían era sacarte dinero.

Así que, tú mismo tendrás que decidir con quién te quedas en este tema. Datos se han mostrado suficientes como para que puedas sacar una conclusión.

Saludos,

Di4l
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cesartlr
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Mensaje por cesartlr »

La verdad es que yo al vivir en vitoria es posible que al existir un solo centro de itv les importe perder algun que otro cliente por este motivo al igual que la mas proxima que es la de miranda de ebro por que al final la inmensa mayoria de los coches van con sus ruedas de serie el caso es que yo las gomas que monto en ambos coches son perfectamente equivalentes y ya os comento que no me pasan y al final me resulta ironico como siempre que unas ruedas mas anchas por ejemplo sean motivo de puntuar en forma desfavorable ante una itv cuando se supone que deberia ser mayor seguridad y en las itv de españa todavia no consideren la primera y mas importante regla para que un vehiculo pueda circular el presentar el recibo de la poliza del seguro en vigor pero bueno no me quiero salir del tema que no viene a cuento
y pensandolo bien el hecho de llevar ruedas sin homologar y las consecuencias que esto me podra acarrear es algo de lo que me acavo de enterar gracias a vosotros y sera mi mayor prioridad el regularizar esa situacion eso si me imagino que al homologar la nueva medida me conserven en la ficha la medida original no sea que me canse de las llantas algun dia
un saludo
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Mensaje por Di4l »

Si, al homologar una nueva medida de neumático te conservan los anteriores.
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Ahn
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Mensaje por Ahn »

Sí se pueden montar neumáicos que no figuren en la ficha ténica del vehículo!!

www.teleneumatico.com mirad en equivalencias.
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piollo
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Mensaje por piollo »

Ahn escribió:Sí se pueden montar neumáicos que no figuren en la ficha ténica del vehículo!!

www.teleneumatico.com mirad en equivalencias.
De eso de las equivalencias no me creo nada. Por ejemplo pongo las medidas de las ruedas de mi rover 175/65-R14, y me salen tropencientas equivalencias, segun las cuales, le puedo poner desde unas 175/55-15 hasta unas 325/0-16. O estas tablas estan mal o yo flipo. En mi hoja tecnica del vehiculo las ruedas homologadas son las que lleva y unas 185/60-14. Yo no le pondría otras. Ademas siempre le he puesto las mismas que las de serie, por si acaso. Y no tengo idea de cambiarselas por mas que me lo han sugerido. Con el mercedes haré igual, le pondré las que vengan en la ficha tecnica.
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Mensaje por Ahn »

piollo escribió:
Ahn escribió:Sí se pueden montar neumáicos que no figuren en la ficha ténica del vehículo!!

www.teleneumatico.com mirad en equivalencias.
De eso de las equivalencias no me creo nada. Por ejemplo pongo las medidas de las ruedas de mi rover 175/65-R14, y me salen tropencientas equivalencias, segun las cuales, le puedo poner desde unas 175/55-15 hasta unas 325/0-16. O estas tablas estan mal o yo flipo. En mi hoja tecnica del vehiculo las ruedas homologadas son las que lleva y unas 185/60-14. Yo no le pondría otras. Ademas siempre le he puesto las mismas que las de serie, por si acaso. Y no tengo idea de cambiarselas por mas que me lo han sugerido. Con el mercedes haré igual, le pondré las que vengan en la ficha tecnica.
Ya sé que en ese Link aparecen medidas exageradas, pero has leído los requisitos para poder cambiar de medida de gomas?

Yo en la ITV a la que voy he preguntado y me han dado unas medidas equivalentes con las que pasaría la ITV sin problemas, pero tan sólo ma han dado medidas con radio una pulgada más grande. :wink:
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Mensaje por joseW201 »

Despues de contar mi experiencia con los neumáticos (ya había dicho que antes del cambio me informé) he estado buscando donde lo había leido y aquí lo comparto. Por favor leer el archivo adjunto.
La ley dice que lo que hay que homologar (legalizar o regularizar) es el cambio de neumáticos por otros que no sean equivalentes. Si se montan unos que sí lo son no es necesario.
Creo que está claro.

Saludos.
No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
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Mensaje por Di4l »

Buenas otra vez...

Perdonad que insista pero es que creo que me estoy volviendo tarumba. Todos estáis de acuerdo pero es que yo sigo entendiendo lo contrario :(
Artículo 1. Definiciones.-A los efectos previstos en el presente Real Decreto, se entiende por:
...
6. Reforma de importancia individualizada.-Es toda modificación o sustitución efectuada en un
vehículo, previa o no a su matriculación, y que, no estando incluida en su homologación de tipo,
o bien cambia alguna de las características indicadas en la tarjeta ITV del mismo, o es
susceptible de alterar las características fundamentales y/o las condiciones de seguridad
reglamentariamente definidas.
Yo entiendo que según el documento, se entiende como reforma de importancia individualizada toda aquella que se lleve a cabo que no está incluida en su homologación.
Artículo 2. Tipificación de las reformas.-Como reformas de importancia se considerarán las
operaciones siguientes, efectuadas antes o después de la matriculación del vehículo:
...
12. La sustitución de los neumáticos, incluidos en la homologación tipo del vehículo, por otros
que cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
Indice de capacidad de carga igual o superior.
Indice de categoría de velocidad igual o superior.
Igual diámetro exterior, con las tolerancias definidas en los Reglamentos de homologación de
neumáticos anexos al Acuerdo de Ginebra.
Es decir, se entiende por reforma de importancia la sustitución de neumáticos de los especificados en la homologación de tipo (es decir en la ficha técnica del vehículo) por otros equivalentes.
Artículo 3. Generalidades.-1. Las reformas de importancia podrán ser tramitadas por
particulares, o por los fabricantes o talleres, bien sea antes o después de la matriculación.
2. Las reformas de importancia podrán realizarse por el fabricante del vehículo o por talleres
legalmente autorizados en la especialidad correspondiente, que dispongan de los medios
adecuados para el tipo de reforma solicitada.
Vamos que te puedes cambiar tú los neumñaticos si quieres.
Artículo 4. Tramitación, documentación y requisitos generales.
A) Reformas de importancia individualizadas.
1. Las reformas de importancia individualizadas, según su caso, podrán requerir todos o alguno de los siguientes requisitos:
1.1 Proyecto técnico detallado de la reforma a efectuar, y certificación de obra en el que se
indique que la misma se ha realizado según lo establecido en dicho proyecto, suscritos ambos
por técnico titulado competente. En la certificación de obra se hará constar de forma expresa el
taller y la fecha en la que se efectuó la misma.
1.2 Informe de conformidad de la Empresa fabricante del vehículo o, alternativamente, dictamen de un laboratorio de automóviles acreditado, en el que se indique que la reforma no disminuye las condiciones de seguridad del vehículo.
1.3 Certificación del taller en el que se efectuó la reforma de la correcta realización de la misma,
según la correspondiente norma, si la hubiere, indicando el lugar y fecha donde se efectuó.
Vamos que para ponerte unos neumáticos equivalentes necesitas la autorización (homologación parcial) del fabricante... o en su defecto ir a algún "laboratorio" autorizado en el que certifiquen que no hay peligro.
3. Los informes de conformidad a que hace referencia el punto 1.2 anterior serán únicamente extendidos por personas expresamente autorizadas por las Empresas fabricantes para este cometido, según el modelo que figura en el anexo II.
4. Para cada tipo de reforma de importancia individualizada, la documentación que habrá de presentarse ante los órganos de la Administración competentes en materia de industria, la tramitación y los requisitos específicos exigibles, serán los indicados en el anexo I.
5. En el caso de que la reforma que se pretende efectuar esté cubierta por una homologación, se acompañará a la documentación un certificado de homologación que ampare esa opción. En tal caso, se podrá hacer la reforma sin aportar el estudio técnico y se inspeccionará el vehículo de acuerdo con lo señalado en el artículo 5.º de esta disposición.
El fabricante te da la homologación para esos neumáticos que quieres llevar y a la hora de la inspección (ITV) hay que llevarse ese documento porque te lo deberían pedir.
El estudio técnico se refiere al punto 1.1 del mismo apartado. En el caso de los neumáticos no es necesario dicho estudio pues el fabricante te homologa los neumáticos para el vehículo. Si le quieres poner ruedas de tractor, tienes que hacerle un estudio técnico demostrando que no son un peligro.
Artículo 5. Inspecciones técnicas.-1. El titular de un vehículo que haya sufrido una reforma de
importancia está obligado a presentar el mismo a inspección técnica, en el plazo máximo de una
semana después de la realización de la misma, aportando el certificado del taller que efectuó la
reforma o el certificado de ejecución de obra, según se exija para cada caso en la tabla del
anexo I.
2. El órgano de la Administración competente en materia de industria efectuará la inspección
técnica del vehículo reformado, al objeto de comprobar la correcta ejecución de la reforma
mediante el cumplimiento de los requisitos reglamentarios y si el vehículo cumple las
condiciones exigidas para circular por las vías públicas.
3. Si el resultado de la inspección prevista fuera favorable, el órgano de la Administración
competente en materia de industria diligenciará la tarjeta ITV o, en su caso, expedirá una nueva,
informando a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
4. La Jefatura Provincial de Tráfico efectuará las anotaciones correspondientes, y expedirá, en
su caso, nuevo permiso de circulación.

Una vez cambiados los neumáticos... enuna semana tienes que pasar la ITV. Si la aceptan, te incluyen la homologación parcial de los neumáticos en la ficha técnica y ya estás legalizado para llevar las ruedas

Efectivamente está muy claro. Hay que homologar los neumáticos (si no lo están ya... es decir, aparecen en tu ficha técnica) incluyendo los equivalentes. Es más... no se pueden sustituir los neumáticos por otros que no sean equivalentes amenos que presentes un estudio aceptado de que los que quieres poner son seguros en tu coche.

Saludos
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Mensaje por paski88 »

Vaya parece que el temita de las ruedas, ha traido cola...je,je.

Pues bien ya he pasado la ITV en el vehículo en cuestión y si la he pasado con los neumáticos 195/50/15 en vez de los 185/55/15 y le pregunté al mecánico que me la pasó, si podría tener algún problema y me comentó que no porque esos neumáticos son equivalentes.

Igual depende de donde lo pases o de que mecánico te la pase, no se, la cuestión es que ya la tengo pasada aunque me habeis dejado con un poco de intringulis por si tendría problemas si tuviese algún accidente, pero bueno tocaremos madera para que eso no pase.

Saludos.
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experiencia

Mensaje por jossepeluquero »

Hola.....quisiera compartir mi experiencia en este tema.
yo llevaba unos neumaticos, cuya anchura 205/...tal y tal.
antes de cambiarlos...me fuy a laITV y pregunte las equivalencias existentes ..para no tener dudas ..ni problemas a la hora de pasar luego la revision.
De los que me dijeron puse unos con medida 215/ .....altura igual y llanta igual..pero mas anchos..y SIN PROBLEMAS.

HAY QUE PREGUNTAR ANTES.
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Re: experiencia

Mensaje por Di4l »

JOSSEPELUQUERO escribió:HAY QUE PREGUNTAR ANTES.
Posiblemente esté interpretando estas mayúsculas de una manera que no es la intencionada, pero me ha "sonado" a recochineo y me doy por aludido.

La discusión a derivado no a si dejan o no pasar la ITV, sino a si es legal o no. A VER SI LEEMOS.

Juro que esto es la última vez que escribo respecto al tema... de verdad os lo prometo. Yo creo que no me explico bien o que leéis por encima lso hilos.

Ya he dicho que (y es mi punto de vista), DE BOQUILLA NO VALE NADA, y los de la ITV dejan pasar coches por intereses del negocio, PERO NO TIENE VALOR LEGAL MIENTRAS NO ESTÉ ESCRITO EN LA FICHA TÉCNICA.

La próxima vez que tengáis que pasar la ITV, ya que no os cuesta nada, por qué no le preguntáis que eso que os acaba de decir de los neumáticos os lo deje por escrito y firmadito. Ya que, si es completamente legal, no les tiene por qué importar. Me jugaría el cuello a que os dicen que NO os dan nada por escrito... porque saben que para estar legalizado, hay que inscribirlo en la ficha técnica... y si mañana tenéis un percance (Dios no lo quiera) y la guardia civil descubre que los neumáticos que llevas (AUNQUE EQUIVALENTES) no están en tu ficha técnica se te cae el pelo. Y si ellos te han dado un papel en el que dice que "el coche de menganito con matrícula tal pasó la ITV con neumáticos tal equivalentes aunque no homologados por ser perfectamente legales", a quien se les pide responsabilidades es a ellos... y se les cae el pelo a ellos, no a vostros. Por eso, no os darán nada firmadito.

Ahora, yo ya no voy a insistir más. Me doy por vencido.
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Mensaje por Di4l »

Buenas Fress,

Posiblemente tengas razón con respecto a lo de que no le ha escrito con mala intención, lo que pasa es que esto de leer mensajes tiene el problema que como no se puede escuchar la entonación, muchas veces puede uno entender las cosas del modo que no son. Si no iba con mala intención, pido disculpas a JOSEPELUQUERO.

Con respecto a lo de informarme y demñas, antes debería aclara que yo no tengo ningún taller ni soy profesional de esto. El taller es de mi hermano y mi padre, yo soy astrofísico practicando de programador informatico. Lo poco que he parendido de mecánica ha sido gracias a mi padre.

Lo de informarme... yo creo que ya lo he hecho, y no me fio de lo que dicen en las ITV. El beneficio que se llevan por dejar pasar coches con neumñaticos no homologados auqnue sean equivalentes es que las ITV son negocios privados. Si se corre la voz de que en tal ITV no te dejan pasar los coches por los neumáticos, se quedan sin "clientela", y ellos cobran por cantidad de coches que revisan. De ahí su beneficio.

Con respecto a los documentos que se han puesto aquí, yo los he leído y los he comentado en el hilo... explicando que lo que yo entiendo cuando los leo, me da la razón. Hay que tener escrito en la ficha técnica los neumñaticos que lleva el coche, aunque sean equivalentes. Lo que pasa es que cuanod los leeís vosotros entendéis otra cosa. Y sobre esa discrpancia creo que no se puede seguir discutiendo. Es un problema de interpretación del texto. En principio no debería dar lugar a ambigüedades pero por lo que estamos viendo si las da.

Y con respecto a no fiarse de los de las ITV... yo no me fío de esos tipejos porque no suelen tener ni puñetera idea de nada. Es más siempre les he visto con aire de prepotentes porque son los que tienen el "poder" de tirarte el coche atrás o no. En realidad son funcionarios que en la mayoría de lso casos no saben porque hacen lo que hacen cuando revisan un coche. Eso, añadiendo los intereses que tienen, no me fío ni un pelo de ellos.
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